¿Qué podremos hacer en la fase 2 de la desescalada?

Se podrá caminar dentro de la provincia en grupos de 15 personas y vuelven a la actividad los centros comerciales
Playa de Altar, en Barreiros.AEP
photo_camera Playa de Altar, en Barreiros.AEP

1. Bodas de 100 invitados en espacio abierto y 50 en cerrado
En el ámbito social, la orden flexibiliza las medidas que afectan a la circulación, asistencia a velatorios, entierros y lugares de culto, y se permitirá la celebración de bodas para un número limitado de asistentes.

Durante la fase 2 se podrá caminar por la provincia, isla o unidad territorial de referencia en grupos de máximo 15 personas, entre las que no se contabilizan las personas convivientes, manteniendo en todo momento la distancia social.

Además, permite a la comunidades autónomas autorizar las visitas de un familiar a viviendas tuteladas y a centros residenciales de personas con discapacidad siempre que no tengan casos de Covid-19 confirmados o haya residentes en cuarentena. Deberán concertar cita previa y podrá acudir un máximo de una persona por residente.

También se flexibilizarán medidas que afectan a la circulación, asistencia a velatorios —máximo de 25 personas al aire libre y 15 en espacios cerrados—, entierros y lugares de culto —50% del aforo—, y se permite la celebración de bodas para un tope de 100 asistentes al aire libre y la mitad en cerrados.

2. Se sigue recomendando el teletrabajo y evitar todo tipo de concentraciones
La orden sigue recomendando el teletrabajo e incorpora medidas que buscan garantizar la protección de los trabajadores, así como para evitar la concentración de personas en determinados momentos en el nuevo escenario proporcionado por esta fase 2.

3. Reapertura al público de centros y parques comerciales
En lo que respecta a comercio minorista y de prestación de servicios, se podrá proceder a la reapertura al público de centros y parques comerciales con independencia de su superficie útil de exposición y venta.

El aforo total del comercio minorista será del 40% y deberán garantizar un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años.

Los centros comerciales contarán con un aforo total del 30 % — dentro de cada local de los centros comerciales es del 40 %— y no se permite el uso de zonas recreativas o áreas de descanso comunes.

La orden para la fase 2 amplía el número de puestos que pueden operar en mercados al aire libre a un tercio de los puestos habituales o autorizados y limita la afluencia de clientes para asegurar el mantenimiento de la distancia social de dos metros.

4. Los espacios comunes de los hoteles, abiertos
Podrá procederse a la reapertura al público de las zonas comunes de hoteles y alojamientos turísticos, la de establecimientos destinados a actos y espectáculos culturales, pero siempre con el límite de un tercio de su aforo y bajo medidas de seguridad.

Cada establecimiento deberá determinar los aforos de los distintos espacios comunes, así como aquellos lugares en los que se podrán realizar eventos y las condiciones más seguras.

Las actividades de animación o clases grupales deberán diseñarse y planificarse con un aforo máximo de veinte personas.

5. Consumir en el interior de bares y restaurantes
Pueden reabrir al público para consumir dentro del local los establecimientos de hostelería y restauración, salvo los locales de discotecas y bares de ocio nocturno, con un límite de aforo del 40%.

El consumo dentro del local únicamente podrá realizarse sentado en mesa, o agrupaciones de mesa, y preferentemente mediante reserva previa. En ningún caso se admitirá el autoservicio en barra por parte del cliente.

Las condiciones de las terrazas siguen siendo las mismas que las fijadas en la orden de 9 de mayo.

6. Vuelven los espectáculos culturales, pero con límites
Los cines, teatros, auditorios y espacios similares pueden reanudar su actividad con butacas preasignadas y un tope de un tercio de su aforo y un máximo de cincuenta personas.

Se recomienda la venta online de entradas, y se permite la prestación de servicios complementarios, como tiendas o cafeterías.

En el caso de actividades al aire libre, el público deberá permanecer sentado, guardando la distancia necesaria y no podrá superarse un tercio del aforo original ni reunir, en ningún caso, más de 400 personas.

La orden expone además las condiciones de salas de exposiciones, centros de exhibición, monumentos y otros equipamientos culturales. El aforo es un tercio del autorizado en condiciones normales y deben establecer condiciones para evitar aglomeraciones. La orden incorpora medidas específicas para los trabajos asociados al montaje y desmontaje de exposiciones temporales.

Las bibliotecas podrán acoger actividades de consulta en sala siempre que no se supere un tercio del aforo autorizado.

7. Deporte a cualquier hora excepto mayores de 70 años
Se permite practicar deportes a cualquier hora a las personas de hasta 70 años, excepto los tramos horarios determinados para los paseos de personas mayores (de 10.00 a 12.00 horas y entre las 19.00 y las 20.00 horas), que las comunidades pueden adelantar o retrasar dos horas.

Se disponen los criterios y condiciones para el entrenamiento en ligas no profesionales y para la reanudación de las ligas profesionales y la reapertura de las instalaciones deportivas cubiertas y de las piscinas para uso deportivo, por turnos horarios y con cita previa.

Se amplían a 20 personas los grupos que pueden realizar actividades de turismo activo y de naturaleza, además de permitirse la celebración de congresos, encuentros, reuniones de negocio y conferencias sin que se supere la cifra de 50 asistentes.

La orden decide que será el Consejo Superior de Deportes quien decidirá el número de personas que podrán acceder a los estadios y pabellones en los que la competición profesional tenga lugar "por ser necesarias para el adecuado desarrollo de la misma".

8. Reapertura de piscinas recreativas y zonas playeras
Se establecen, asimismo, las condiciones para la apertura al público de las piscinas recreativas, que tendrán un aforo máximo del 30 por ciento de capacidad de la instalación y se requerirá cita previa.

También las del tránsito y permanencia en las playas, donde se permiten actividades deportivas, profesionales o de recreo siempre que se puedan desarrollar individualmente y sin contacto físico, con una distancia mínima de dos metros entre los participantes.

9. Las reuniones de negocios y congresos, con 50 personas
Se permite la realización de congresos, encuentros, reuniones de negocio y conferencias en pabellones de congresos, salas conferencias, salas multiusos y otros establecimientos e instalaciones similares. El tope es de 50 asistentes y se insta a promover la participación no presencial.

10. Investigación
Las orden establece las condiciones y el aforo máximo para la vuelta a la actividad de las residencias de personal investigador, científico y técnico.

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