Galicia registró en 2021 una veintena de raptos de hijos por parte de padres

La estadística oficial de las fuerzas policiales confirma 19 casos, que son casi dos al mes ► En España hay más de un secuestro al día y el año pasado se denunciaron un total de 434
Un coche de la Policía Nacional. AEP
photo_camera Un coche de la Policía Nacional. AEP

Las fuerzas de seguridad son conocedoras de una media de un caso de secuestro parental al día cada año, un delito por el que se abrieron 434 diligencias policiales en 2021 tras la denuncia por la sustracción de un menor. Y entre enero y agosto de este año se han registrado 283 casos, incluyendo 14 en el extranjero, según la estadística del Ministerio del Interior. En el caso de Galicia, le corresponden 19 de ellos, por lo que la cifra real podría superar la veintena al haber pasado dos meses más.

En todo caso, la estadística oficial, que no discrimina si la denuncia la realiza el padre o la madre, fue cuestionada después de que Interior dejase de incluir este dato en los informes anuales que publica el Centro Nacional de Personas Desaparecidas (Cndes). En este sentido, los partidos de la oposición también criticaron el trato de favor del Ejecutivo en casos como el de Juana Rivas y María Sevilla, dos madres condenadas tras denuncias por la sustracción de sus hijos y que posteriormente fueron indultadas.

La información del Sistema Estadístico de Criminalidad, elaborado con los datos de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, policías autonómicas y locales, sitúa a Cataluña a la cabeza de hechos conocidos con 53 casos en lo que va de 2022, frente a 74 computados en todo 2021.

Andalucía registra 44 casos en lo que va de año y Madrid 40, si bien ambas comunidades registraron el mismo dato en los doce meses del año pasado: 67 sustracciones. Valencia sumó 46 secuestros parentales en 2021, Islas Baleares 32, Canarias 25, Galicia 19 y País Vasco 18. Fuera de España las fuerzas de seguridad tuvieron conocimiento de 26 denuncias.

La estadística incluye los hechos encuadrados en el artículo 225 bis del Código Penal, que castiga los casos en los que participa un progenitor que, "sin causa justificada para ello", sustrae a su hijo menor. Contempla pena de prisión de dos a cuatro años e inhabilitación especial para la patria potestad de cuatro a diez años. Se considera sustracción el traslado de un menor de su lugar de residencia sin consentimiento del progenitor con quien conviva habitualmente o de las personas o instituciones a las cuales estuviese confiada su custodia, así como otros supuestos que incumplen una resolución legislativa.