El juez desestima el recurso del PP contra el alcalde de Manzaneda

Los populares han decidido interponer un recurso de amparo ante esta sentencia delante del Tribunal Constitucional
David Rodríguez, en un acto reciente de En Marea
photo_camera David Rodríguez, en un acto reciente de En Marea

David Rodríguez seguirá siendo el número dos de la lista de En Marea por la provincia de Ourense. Así lo ha decidido este viernes el juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Ourense al desestimar el recurso interpuesto por el PP contra el exalcalde de Manzaneda al entender que su renuncia a la Alcaldía "devino firme e irrevocable" antes del inicio del proceso electoral.

El PP había impugnado este jueves el nombramiento de Rodríguez como número dos por la provincia de Ourense y exigido su exclusión de la candidatura de En Marea, al entender que su renuncia como alcalde no era firme al no haber sido ratificada por el pleno de Manzaneda dentro del plazo requerido por la junta electoral.

Así, el abogado de la acusación ha recordado en que el pleno en el que se ratificó la renuncia tuvo lugar el lunes 29 de agosto, cuando el plazo para las candidaturas acabó el lunes 22, y que "sin este acuerdo" la renuncia no era efectiva y por tanto Rodríguez no era "elegible" como candidato. También incidió en que el plazo para la subsanación de irregularidades o errores "había terminado el domingo 28", un día antes del pleno celebrado en Manzaneda.

Por su parte, la defensa ha remarcado que ni la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) ni la jurisprudencia exigen más allá de la presentación de la renuncia, y que el alcalde la había presentado el 19 de agosto, aunque no fue ratificada por el secretario hasta el día 23. Además, ha considerado que la demanda "no tiene recorrido jurídico" porque el pleno tomó conocimiento de la renuncia el 29 de agosto, un día antes de la publicación definitiva de las candidaturas.

SENTENCIA. La sentencia reconoce que la renuncia a la alcaldía "devino firme e irrevocable" antes del inicio del proceso electoral. En este sentido ha considerado que David Rodríguez "no solo ya había presentado en el registro de la Corporación municipal su renuncia" al cargo de alcalde, sino que "la había llevado a efecto, de facto" delegando todas las funciones de la alcaldía en la teniente de alcalde "antes de que se publicase en el Diario Oficial de Galicia" la promulgación de las listas.

En su escrito, el juez considera que "resultaría desproporcionado" e "incompatible con los derechos fundamentales" adoptar "una interpretación restrictiva que impidiese" al número dos de En Marea participar como candidato al no concurrir "la causa de inelegibilidad invocada".

PARA RODRÍGUEZ, "LA PRIMERA DERROTA DEL PP". A la salida de los juzgados, David Rodríguez ha señalado que la causa ha sido un ejemplo más de la "bancarrota ética y moral del PP" y que la sentencia supone "la primera derrota" para esta formación, "que se verá refrendada en las urnas el 25 de septiembre".

Rodríguez ha lamentado que desde el PP "están denunciando las listas de En Marea en todo el país" y ha considerado que la denuncia contra su candidatura se debe a que su política en Manzaneda es "la antítesis de lo que Feijóo y Baltar están haciendo".

En este sentido, ha contrastado sus actuaciones como exalcalde de Manzaneda contra la despoblación del rural o "remunicipalizando" los servicios sociales "mientras que ellos se los regalan a empresas amigas".

Por su parte, Alfonso Diz, coordinador de la campaña en Ourense, ha calificado el recurso presentado por el PP como una muestra de la "desesperación ante una derrota electoral en Ourense". Diz ha considerado que la acusación ha intentado "retorcer los argumentos jurídicos" y que "incluso las sentencias aportadas por la acusación" señalan que "la efectividad de la renuncia es en el momento de presentarla", en este caso el 19 de agosto.

Contra la decisión del juez cabe recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional en Madrid en un plazo de dos días. La resolución definitiva tendría lugar en los tres días siguientes a la presentación de este recurso.

EL PP RECURRIRÁ ANTE EL TC. El PP de Ourense ha decidido interponer un recurso de amparo delante del Tribunal Constitucional (TC). Según el recurso del PP, cuando el 22 de agosto este partido presentó en la junta electoral la lista de candidatos "se aportó una declaración jurada en la que David Rodríguez aseguraba no estar incurso en causa de inelegibilidad".

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