El alcalde-promotor, una 'incompatibilidad ética', pero no legal

La ley permitirá expropiar edificios en ruinas (AGN)
photo_camera La ley permitirá expropiar edificios en ruinas (AGN)

El anteproxecto de Lei de Vivenda de Galicia, que será aprobado este jueves en el Consello de la Xunta, no establece finalmente la incompatibilidad legal de ser promotor y a la vez ejercer como alcalde o concejal en un Ayuntamiento. Deja la cuestión en una "incompatibilidad ética", según explicó la conselleira de Vivenda, Teresa Táboas.

La intención inicial de la Administración autonómica era introducir la prohibición legal de compatibilizar la actividad inmobiliaria con un cargo municipal. Sin embargo, ya en el mes de abril la Consellería de Presidencia consideró que esta cuestión debía introducirse mediante una normativa referente a la función pública, y no mediante una ley de vivienda.

Finalmente, se ha optado por la 'incompatibilidad ética', recogida en el articulado de la nueva normativa, aunque Táboas reconoció su deseo de haber dado un paso más y prohibir que los regidores tengan intereses en el sector de la construcción.

Conocer el historial del promotor

Al margen de este aspecto, lo más llamativo del nuevo texto es que, por primera vez, el fomento del alquiler como vía de acceso a una vivienda pasa a tener rango de ley. Además, se aprueba la creación de un Rexistro de Axentes Promotores de Galicia, donde cualquier ciudadano podrá consultar el historial y la solvencia económica de un constructor antes de adquirir una casa.

El anteproyecto establece exigencias en las fases constructiva y de conservación de los pisos. Además, obliga a los propietarios a realizar las obras de rehabilitación necesarias para mantener las viviendas en condiciones de uso, correspondiendo a los ayuntamientos la labor de velar por el cumplimiento de este deber.

En el caso de que no ser así, la Xunta podrá expropiar de forma forzosa una vivienda vacía cuando no reúna las condiciones mínimas de habitabilidad. "Esta medida trata de impedir la degradación de barrios en los que existen edificios abandonados", explicó Táboas.

Mobbing y vivienda protegida
La ley detalla las condiciones de desalojo y retorno, con el objetivo de impedir el acoso inmobiliario, así como la posibilidad de establecer programas de ayuda que permitan actualizar las rentas antiguas.

En cuando a la vivienda protegida, su superficie máxima aumenta de 120 a 140 metros cuadrados, con un mínimo de 40 para los pisos de un dormitorio. La conselleira apuntó que "en aras de la transparencia y de la igualdadde oportunidades, se generaliza el sistema de sorteo a través del Rexistro de Demandantes de Vivenda Protexida".

En materia de alquiler, se pondrá en marcha un sistema de arbitraje de resolución de conflictos que puedan surgir entre los propietarios y los inquilinos, como solución previa a la alternativa judicial.

En las disposiciones del texto, se detalla la creación de un Observatorio da Vivenda, para disponer de información detallada y de las estadísticas necesarias para la planificación de una política efectiva, que se ajuste a las demandas de la sociedad.

Fondo Social
La ley recoge además que "cualquier persona podrá exigir ante los órganos administrativos el cumplimiento de la normativa de vivienda, algo que sólo existía hasta ahora en materia de urbanismo", destacó Taboas.

Da luz verde también a un Fondo Social de Vivenda, que tendrá el objetivo de procurar el derecho a un lugar de residencia para los sectores sociales con más dificultades, y considera un inmueble vacío todo aquel en el que los usuarios legítimos estén ausentes durante un periodo de dos años.

El anteproyecto, que será aprobado por el Parlamento de Galicia durante el segundo semestre de este año, sustituye al actual texto, la Lei 4/2003. Según Teresa Táboas, la ley entiende que "la vivienda es un derecho constitucional que los poderes públicos tienen la obligación de garantizar. La Administración recupera el papel activo que le corresponde".

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