Cuatro y dos años para los que atentaron contra la sede del INEM con cócteles molotov

El Juzgado de lo Penal 1 de Vigo ha condenado a cuatro años de prisión a Telmo Varela y justo a la mitad de tiempo a Miguel Nicolás por atentar, con cócteles molotov, contra una oficina del INEM de Vigo en diciembre de 2010.

El tribunal ha impuesto la pena mayor para Varela por el delito de tenencia de explosivos con el agravante de reincidencia, ya que en 1994 fue condenado a 18 años de cárcel por robo con homicidio, homicidio y tenencia de armas, pero lo ha absuelto de un delito de daños al no ver probada su participación en el acto de sabotaje.

Varela, exmiembro del GRAPO para el que la Fiscalía pedía diez años, también ha sido sancionado con la prohibición de tenencia de armas y explosivos durante un periodo de siete años. Mientras, Miguel Nicolás ha sido considerado culpable de un delito de daños, por lo que debe indemnizar al Servicio Galego de Emprego con 32.958 euros por los estragos causados, pero ha sido absuelto del delito de tenencia de sustancias explosivas.

La titular del Juzgado de lo Penal 1 de Vigo entiende que hay indicios "plurales, acreditados y contundentes" que, interrelacionados entre sí, corroboran la autoría de Telmo Varela de un delito de posesión de explosivos. Se basa en los seguimientos policiales a los que fue sometido, en persona y a través de una cámara oculta, que demuestran que sabía de la existencia de un zulo habilitado tras una zona de maleza en un bosque cercano a su domicilio en el que se escondía material para la fabricación de cócteles molotov. Además, alude a que en un bote de clorato potásico se halló una huella dactilar suya, y a que se usaron como envoltorio folletos de la CUT, del que Varela era su secretario comarcal por entonces.

En la sentencia, el tribunal argumenta que no se construye un agujero de estas características en una zona "absolutamente disimulada" de bosque para "la simple tenencia" de materiales explosivos. Por el contrario, cree que su ubicación y características ponen de relieve que "estas sustancias se pensaban dedicar, por los acusados o por terceras personas, a realizar actuaciones delictivas".

Respecto a la participación de Telmo Varela en el atentado, señala que hay "indicios concurrentes", pero que no resultan "suficientes" ni "eficientes" para sustentar una sentencia condenatoria. En cuanto a la participación de Miguel Nicolás en el atentado, afirma que pese a no contar con una prueba directa y de que los únicos testigos, una pareja que vivía en un edificio frente a la oficina del INEM, solo vieron huir en un coche a tres encapuchados, cree que existen indicios suficientes.

Sobre las contradicciones en que incurrieron los testigos, a las que se aferró la defensa para invalidarlas como prueba de cargo, y que el fiscal atribuyó a su miedo a posibles represalias, la sentencia admite que sus testimonios "no pueden calificarse de constantes, mantenidos y persistentes". Aún así, el tribunal apela a su potestad para valorar la prueba otorgando credibilidad a unas u otras manifestaciones, tanto en la instrucción como durante la vista, para formar su convicción sobre las que le merezcan fiabilidad. Y en este sentido, da credibilidad a la descripción -color, modelo y varias letras y números de matrícula- que hicieron del coche en el que huyeron los autores del ataque a la oficina del INEM, y que resultó ser propiedad de Miguel Nicolás.

También considera pruebas inculpatorias la presencia de restos de ácido sulfúrico y clorato potásico, además de gasolina, en un embudo con una manguera adherida que hallaron en su vehículo, así como mascarillas, una braga y un martillo para romper vidrio que el acusado relacionó en el juicio a su profesión de electricista.

Respecto a los documentos que le incautaron, como un Manual del guerrilleiro urbano o archivos en el ordenador sobre la adquisición y fabricación de explosivos, la juez cree que sus títulos son "suficientemente ilustrativos y reveladores de la temática que suscitaba interés" en el acusado.

Tanto Varela como Nicolás negaron su participación en los hechos y relacionaron su acusación a su pertenencia a la CUT. Varela alegó que había sido condenado antes que juzgado, tras pasar casi dos años en prisión provisional por varios centros penitenciarios de España, lo que achacó a su papel representativo de la "clase obrera" y a que suponía "un peligro para el sistema", por lo que lo querían "fuera de circulación".

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