Confirmada la pena de 8 años para un proxeneta que actuó en Asturias y Galicia

Una de las víctimas ejerció ejerció la prostitución durante un año en Pontevedra, obligada por el condenado

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha ratificado la pena de ocho años de cárcel y cuatro de libertad vigilada impuesta a un hombre que obligó a dos mujeres a prostituirse bajo amenazas en Asturias y Galicia. Desestima así el recurso de apelación del condenado por dos delitos de prostitución coactiva, dos delitos de blanqueo de capitales y un delito leve de lesiones, al que prohíbe acercarse a la víctima y una testigo protegida a una distancia no inferior a 500 metros de su domicilio o lugar de trabajo, y de comunicarse con ellas, así como a indemnizarlas con 15.000 euros a cada una.

El tribunal descarta la posible existencia de una infracción de ley, como alegaba la defensa, ya que, según expone, su recurso está mal planteado ya que se limita a asegurar que su representado no realizó los hechos imputados, lo que supondría una enmienda a la totalidad de los hechos probados y un cuestionamiento de las pruebas. Por el contrario, el TSJA sostiene que la sentencia de la Audiencia Provincial que le condenó en primera instancia analizó las declaraciones de las víctimas y lo hizo "de forma ejemplarmente detallada y razonablemente motivada", se ajustó plenamente a la lógica y tuvo en cuenta otras pruebas periféricas que corroboraban su versión.

La Sala declara hechos probados que el acusado, de iniciales I.M., conoció a la testigo protegida en el Club Delphos de Oviedo y ambos se fueron a vivir a Avilés. Al cabo de una semana, el acusado obligó a la mujer a ejercer la prostitución en la calle Llano Ponte de Avilés y la agredía cada vez que se oponía. Además, cortaba su libertad de movimientos, controlaba sus comunicaciones, al haber obtenido las claves de Facebook y Messenger, y le quitaba su documentación personal.

La testigo protegida tenía que entregar al acusado, al final de la jornada, todo el dinero que obtenía con la prostitución, unos 200 euros y, en otras ocasiones, cuando el procesado se iba a Rumanía, su país natal, le hacía enviarle el dinero a su nombre, al de su madre o a terceras personas. La víctima realizó 48 operaciones de envío de dinero a Rumanía entre 2010 y 2011 por un importe total de 31.568 euros hasta que consiguió escapar del acusado.

En marzo de 2015 el acusado conoció, en una discoteca de Oviedo, a otra de las víctimas y le ofreció irse con él a Pontevedra e iniciar así una relación sentimental. A los tres días de convivir con ella, el acusado le propuso que se prostituyera, y cuando ésta se negó le amenazó con vender a su hija que estaba en Rumania y decirle que nunca más la volvería a ver, a la vez que la golpeaba con patadas y puñetazos por todo el cuerpo cuando se negaba.

La mujer finalmente ejerció la prostitución durante un año en Pontevedra, de cinco de la tarde a tres de la madrugada, de lunes a domingo y, bajo amenazas, realizó 38 envíos de dinero a Rumanía por valor de 7.165 euros a nombre del acusado y de otra mujer hasta que, en marzo de 2016, logró escapar.

La sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS).

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