Condenan a un banquero a 3 años de prisión por apropiarse de dinero ajeno

La Audiencia de Ourense ha condenado al exsubdirector de una sucursal en Allariz, acusado de apropiación indebida y falsedad documental para quedarse con dinero de varios clientes, a tres años de prisión y a la devolución de 380.000 en concepto de responsabilidad civil.

En el fallo judicial, al que ha tenido acceso Efe, el juez estima, "sin ninguna duda", el carácter continuado del delito de apropiación indebida, que tampoco cuestionaba la defensa.

Esgrime, además, que "aprovechando su condición de subdirector del Banco Santander Central Hispano en Allariz, con ánimo de obtener un injusto beneficio, se apoderó de un total de 380.071,15 euros correspondientes a importes que clientes de la entidad aportaron mediante imposiciones a plazo fijo, incorporándolos a su patrimonio sin autorización de aquellos y sin conocimiento de la entidad bancaria", tal y como denunciaba la Fiscalía.

Por ello, el escrito considera "plenamente acreditada la concurrencia de los elementos que integran dicha infracción, con respecto a los clientes de la entidad bancaria referidos en el relato fáctico".

En uno de los casos, una afectada había abierto una cuenta de imposición a plazo fijo que en fecha 5 de enero de 1999 contaba con un saldo de 106.600,75 euros, "sin que el acusado hiciera figurar en la contabilidad del banco importe alguno".

En otro caso, el banco apreció que tampoco "incorporó a su patrimonio" el dinero que entregó otro cliente en depósito y que ascendía a 42.000 euros.

Por estos hechos, el acusado, Manuel Rodríguez Varela, se enfrentaba a penas de cinco y seis años de prisión, solicitadas por la Fiscalía y la acusación particular.

A dichas testificales, la Audiencia suma "la existencia de una serie de documentos de reconocimiento de deuda", extremo que había confirmado el propio director del banco cuando prestó declaración.

Asimismo, el Tribunal tiene en cuenta la pericial contable practicada, que si bien responde a la auditoría interna, "viene a reflejar las diferencias de saldos existentes en las diferentes cuentas de los clientes ya referidos".

Además, ha considerado que no "quedó debidamente acreditado", por parte del banco, que el acusado se apropiase de cantidades de otros clientes, a los que la entidad indemnizó "tras detectar irregularidades" con el pago de 875.553 euros.

"En este punto, debe significarse que no se ha practicado en las actuaciones prueba suficiente que permita estimar acreditado que el acusado se apropiara de la cantidad de 447.078,99 euros que aquellos ingresaron en una cuenta de imposición a plazo fijo", recoge el texto.

El tribunal de la Audiencia Provincial ha tenido en cuenta "dilaciones indebidas" en el procedimiento judicial, desde que fueron denunciados los hechos, para la rebaja de la condena.

La defensa del acusado, que pedía su libre absolución, ha confirmado a Efe su intención de recurrir la sentencia, por lo que presentará un recurso ante el Tribunal Supremo, ha concluido.

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