Condenan a un estudiante de Vigo a pagar 1.500 euros tras reclamar 100.000 por un suspenso

El alumno, que estudiaba un ciclo de Formación Profesional, culpaba al profesor de perder el curso y una beca  
Sede del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. ADP
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El Tribunal de Superior de Xustiza de Galicia ha desestimado la petición de un alumno de un ciclo de Formación Profesional de Automoción, en la que solicitaba 100.000 euros de indemnización por el perjuizo que le había ocasionado un profesor al suspender una materia con un tres. 

Los hechos ocurrieron en el año 2018 en el CIFP Valentín Andrade de Vigo, donde el alumno culpó a un profesor de hacerle perder el curso y una beca tras suspenderle una asignatura. El estudiante y el padre presentaron numerosos escritos de reclamación ante órganos educativos, el presidente de la Xunta de Galicia y otros organismos públicos. Finalmente consiguieron que la inspección educativa revocase el suspendo y le aprobararon haciendo la media entre el examen y la parte práctica. 

En mayo de 2019, el alumo presentó ante la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional una reclamación de responsabilidad patrimonial, denunciando “una actuación arbitraria del docente del módulo en la evaluación de las pruebas y en la realización de las recuperaciones, así como la adopción de represalias después de las reclamaciones presentadas por él”. 

El estudiante solicitó una indemnización que ascendía a los 100.000 euros en concepto de daños y perjuizos: 2.183,31 euros por la pérdida de la beca del curso 2017/2018, 40.000 euros por el sufrimiento psíquico padecido durante la vigencia de los estudios y 57.816,69 euros porque había tenido que realizar el ciclo en tres años en lugar de dos. Alegaba también que esta circunstancia había manchado su expediente y le había impedido acceder al mercado laboral.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, en una sentencia del 16 de diciembre, ha desestimado su reclamación. “No se acreditan esos perjuicios morales, siendo claro que un estudiante pasa por momentos de mayor éxito y por otros menos brillantes. La nota media del recurrente fue de seis, con independencia de la puntuación de este módulo. Asimismo, como señala la resolución administrativa, el recurrente tenía otro módulo pendiente, al margen del referido, por tanto, no habría podido terminar en junio de 2018”, recoge el fallo.

El sentencia también señala que el estudiante no mostró interés en recuperar la asigtura y conseguir el aprobado. "El recurrente no acudió a ninguna de las clases de recuperación para ese módulo, que venía suspendido del año anterior, siendo las clases de recuperación adecuadas e idóneas para facilitar la recuperación por el alumno del módulo suspenso”, expone. No ve probado el daño moral ni la pérdida de la oportunidad laboral.

Por todo ello, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia desestima la reclamación e impone al denunciante el pago de las costas del proceso que ascienden a 1.500 euros. Contra esta sentencia solo cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo. 

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