Condenan a cuatro años y medio de cárcel a un hombre por abuso sexual a su sobrina

La Audiencia de A Coruña también ha absuelto a un joven acusado de abusar de una menor tras una fiesta de cumpleaños
Sede compostelana de la Audiencia Provincial de A Coruña. GOOGLE MAPS
photo_camera Sede compostelana de la Audiencia Provincial de A Coruña. GOOGLE MAPS

La sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago, ha condenado a cuatro años y medio de cárcel a un hombre por abusar sexualmente de su sobrina de cuatro años, según informa el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).

Los magistrados consideran acreditado que, en julio de 2016, después de una comida en casa de su abuela paterna, la víctima se dirigió a la vivienda de su tío, quien, con la finalidad de satisfacer sus deseos sexuales, le realizó tocamientos.

El imputado fue absuelto por falta de pruebas de otro delito de abuso sexual respecto a la hermana de la víctima, también menor de edad.

El tribunal también le impuso la inhabilitación para cualquier oficio o profesión que conlleve contacto regular y directo con menores durante ocho años, así como cinco años de libertad vigilada y la prohibición de comunicarse y aproximarse a la menor, a su hermana y a su madre durante cinco años.

UN JOVEN ABSUELTO. La sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña también ha absuelto a un amigo de una menor de 14 años acusado de abusar de ella en agosto de 2018, tras la celebración de una fiesta de cumpleaños.

En concreto, en el fallo absolutorio, los magistrados destacan la ausencia de corroboraciones objetivas de la declaración de la denunciante, así como de testigos, a pesar de que, según la narración de los hechos, varios amigos estaban "muy cerca" de ellos en ese momento, en las escaleras de un edificio tras concluir la fiesta de cumpleaños.

Entre otras cuestiones, el tribunal destaca "el hecho de que solo haya declarado como testigo de referencia la madre de la menor" y "no otras personas a las que dijo que contó los hechos".

Asimismo, apunta hacia "las contradicciones sobre lo ocurrido con posterioridad en las que incurrió en sus declaraciones y respecto a lo declarado por los testigos", lo que "introduce serias dudas y restan poder de convicción al testimonio de la menor" que es, por otra parte, lo que basa de forma exclusiva la acusación.