El Sergas tendrá que pagar 10.000 euros por demora en la lista de espera

El paciente tuvo que acudir a la sanidad privada ante el retraso del servicio de Neurología del hospital de Ourense

El juzgado Contencioso-Administrativo número uno de Ourense ha estimado un recurso presentado por un paciente y ha condenado al Sergas a indemnizarle con 10.000 euros "por los perjuicios padecidos al tener que acudir a la sanidad privada ante las excesivas listas de espera" en el servicio de Neurología del Complejo Hospitalario Universitario de Ourense. 

Según ha informado el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, la sentencia es firme y contra la misma no cabe recurso. 

En la resolución, la sala sostiene que el Sergas incurrió en "un funcionamiento anormal, incorrecto, deficiente más allá de lo tolerable para el servicio público de que se trata", por lo que ha considerado "lógico" que, en esa tesitura, el paciente "se angustiase y acudiese a la sanidad privada". "Es lógico que en esta tesitura el paciente se angustiase y acudiese a la sanidad privada. La Administración pública sanitaria funcionó de manera deficiente e incluso irracional", ha sostenido el juez. 

El paciente fue diagnosticado de "torpeza en MMII" y aumento de tamaño ventricular

Los hechos se remontan al 5 de mayo de 2014 cuando el paciente acudió en varias ocasiones al servicio de neurología con diagnóstico de "torpeza en MMII" y aumento de tamaño ventricular para que le practicasen las pruebas oportunas. Tras la prueba practicada el 14 de julio de 2014, la doctora del hospital orensano le indicó que solicitase cita para el mes de septiembre a fin de evaluar el resultado de la misma pero, el paciente, asegura que el hospital no le asignó la cita hasta el 16 de enero de 2015, que posteriormente se retrasó al 28 de enero. 

Ante estos hechos, optó por acudir a un centro privado en Madrid donde fue finalmente intervenido. 

El magistrado descartó una "mala praxis" de los médicos y señaló que hubo un "deficiente funcionamiento" del Servicio de Neurología del CHUO

La defensa habla de un perjuicio económico que asciende a "14.030,01 euros" por las diversas consultas que se corresponden con las facturas de los gastos que hubo de asumir en la sanidad privada a los que suma tres mil euros en concepto de daños morales. Por su parte, la Xunta de Galicia alegó que el paciente acudió a la privada "por su propia voluntad" y que debió haber ido al servicio de Urgencias "si se encontró mal antes de la fecha de la cita, y no directamente a un hospital privado, como hizo". 

"Tampoco se ha acreditado que hubiese que realizar la intervención quirúrgica en el mínimo plazo señalado en la demanda", esgrimió la Xunta. 

Sin embargo, el magistrado, que descarta una posible "mala praxis" de los médicos que trataron al paciente, ha señalado que hubo un "deficiente funcionamiento" del Servicio de Neurología del CHUO en lo que a las "listas de espera" se refiere. Por eso, el juzgado ha estimado "en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la resolución de 10 de mayo de 2016 de la Secretaria Xeral de la Consellería de Sanidade de la Xunta de Galicia" y condenó al Sergas a abonarle 10.000 euros.

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