Condenado a cuatro meses el kamikaze que condujo 30 kilómetros en sentido contrario por la AP-9

La pena de prisión quedó suspendida al no tener antecedentes ► Se le imponen dos meses sin carné por conducción temeraria y otros ocho por ir al volante bajo la influencia de bebidas alcohólicas

El hombre que fue detenido en la madrugada del pasado viernes en Caldas de Reis por conducir en sentido contrario por la autopista AP-9 compareció este martes ante el juez para un juicio rápido y fue condenado a cuatro meses de prisión y doce meses sin carné por un delito de conducción temeraria. Además, se le imponen otros 8 meses más sin carné y 32 días de trabajos comunitarios por ir al volante bajo la influencia de bebidas alcohólicas. La pena de cárcel quedó suspendida al no tener antecedentes.

Así lo confirmaron fuentes judiciales, después de que J.L.F.T., de 58 años y vecino de Outes (A Coruña), fuera detenido tras recorrer más de 30 kilómetros de la autopista obligando al resto de usuarios de la vía a efectuar maniobras de emergencia para no colisionar con él. A las 3.55 horas del viernes, la central del Subsector de Tráfico de Pontevedra recibió varias llamadas telefónicas en las que se informaba de la circulación de un turismo en sentido contrario por la autopista AP-9, dirigiéndose hacia Pontevedra por los carriles que conducen a Santiago, a la altura del kilómetro 83.

Por ello, se desplazaron a esa vía patrullas de los destacamentos de Santiago y Pontevedra, una de las cuales localizó en el kilómetro 111,800 de la AP-9, a su paso por Caldas de Reis, a las 4.15 horas, al conductor kamikaze. El individuo conducía un turismo Volkswagen Scirocco, según explicaron fuentes de la Comandancia de la Guardia Civil de Pontevedra.

El conductor fue sometido al control de alcoholemia, en el que arrojó tasas de 0,78 y 0,76 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, en sendas pruebas. Por todo ello, los agentes procedieron a su detención como presunto autor de dos delitos contra la seguridad vial por conducción temeraria y por superar la tasa de alcohol máxima permitida.

Comentarios