Condenada a 6,5 años de cárcel por contratar a un sicario en Ourense

La acusada, juzgada en la Audiencia Provincial de Ourense, contactó por internet con un hombre residente en Palencia al que le propuso el trabajo y le dio datos relativos a la víctima, sobre sus costumbres y horarios

La Audiencia Provincial de Ourense ha condenado a seis años y medio de prisión a Sonia C.P., de 37 años, acusada de un delito de proposición de asesinato, por contactar con un sicario para matar a la que creía que era novia de su expareja sentimental.

En el escrito facilitado por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), la sala de la magistratura ha considerado "probado" el delito de proposición de asesinato en virtud tanto del "pleno reconocimiento" de los hechos como de la "confesión que resulta corroborada" por el hombre que contrató.

El Ministerio Público solicitaba para la acusada, en prisión provisional por estos mismos hechos, una pena máxima de hasta 12 años de prisión, que la acusación particular elevaba a 13, y a la prohibición de acercarse a la víctima.

Según el escrito de la Fiscalía, la mujer, Sonia C.P., de 37 años había contactado con un hombre con la intención de acabar con la vida de R.V.F. en la creencia de que ésta mantenía una relación sentimental con su expareja, NA.C.B. Para ello, entró en la denominada "internet profunda" y se puso en contacto con un hombre ecuatoriano residente en Palencia, al cual le propuso este trabajo y le dio datos relativos a la mujer, sobre sus costumbres y horarios.

La defensa había tratado de probar durante el juicio que la mujer no tenía una intención real de provocar la muerte de una persona e hizo alusión a la imposibilidad de que el arma pudiese provocar la muerte de una persona. 

Sin embargo, la titular de la Audiencia se sustenta en los correos remitidos por la acusada, así como a la planificación del entierro y la adquisición del arma, una pistola eléctrica, para corroborar la intención de matar de la acusada "por más que la misma no tuviera aptitud para la descarga eléctrica". "Y todo ello siendo plenamente consciente de la gravedad y trascendencia penal de sus actos tal y como comunica al ejecutor en uno de los correos, calificando jurídicamente la proposición que efectuaba y estableciendo incluso la penalidad que venía asignada", abunda el fallo.

En cuanto a la petición de la defensa de "la eximente completa o incompleta de enajenación mental" la sala toma en consideración el informe médico forense, "en base a su mayor concreción y a la propia dinámica de los hechos", ante las visiones contradictorias con los informes de los psicólogos aportados por la otra parte.

Por estos hechos, la Audiencia de Ourense condena a la mujer a seis años y medio de prisión y le impone la prohibición de acercarse a la víctima a una distancia no inferior a 300 metros de su domicilio o lugar de trabajo, así como de comunicarse con ella durante 10 años. Contra la misma, cabe interponer recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

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