Siete años y medio para Marino Giménez por el robo a los narcos

Además del hermano de Sinaí, también ha sido condenado el guardia civil implicado, además de otros tres compinches
Marino Giménez, a las puertas del juzgado
photo_camera Marino Giménez, a las puertas del juzgado

La Audiencia de Pontevedra ha condenado con penas de que van desde los 4 hasta los 7 años y medio de prisión a cinco personas, entre ellas Marino Giménez, del clan de los Morones, y a un agente de la Guardia Civil, por planear el robo de una partida de cocaína a unos narcotraficantes.

La Audiencia también ha condenado a uno de los narcos víctima de la tentativa de robo, perpetrada en una gasolinera de Mos, que finalmente frustró la Policía Nacional.

La Sala considera probado que la intención de los acusados era aprovecharse de la condición de guardia civil de Enrique P.M. para apoderarse de la sustancia estupefaciente.

Este agente, expone el tribunal en su sentencia, simuló un control en una carretera de la localidad pontevedresa de Mos para poder interceptar a los vendedores y sustraer la droga.

Entre los condenados se encuentra Marino Giménez, miembro del clan de los Morones y hermano de Sinaí Giménez, autoproclamado príncipe de los gitanos gallegos.

Ha sido condenado a 5 años y 6 meses de prisión por un delito de tráfico de drogas y a 2 años de prisión por un delito de tenencia ilícita de armas, además de una multa de 90.000 euros.

Al agente de la Guardia Civil, Enrique P.M., le han impuesto una pena de 7 años de prisión por un delito de tráfico de drogas agravado por su condición de funcionario público, y una multa de 113.000 euros.

Además, ha sido inhabilitado para el ejercicio de su cargo durante 15 años.

Otro de los acusados, Marcos G.B., ha sido condenado a 5 años y medio de prisión como autor de un delito de tráfico de drogas y al pago de una multa de 90.000 euros; mientras que Alfonso P.C. y Alfredo I.G. han sido condenados, cada uno, a 4 años de cárcel por el mismo delito y a hacer frente a una multa de 60.000 euros.

Una de las víctimas del asalto, Benito O.O., ha sido absuelto de todos los delitos, mientras que el otro, Modesto D.A., ha sido condenado a 5 años de prisión por un delito de tráfico de drogas con la circunstancia agravante de reincidencia, y al pago de una multa de 90.000 euros.

Los cinco primeros han sido absueltos del delito de integración criminal del que estaban acusados.

La sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

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