Cerca de 80 registrados para fijar su testamento vital

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Unas 79 personas se han inscrito en el Rexistro Galego de Instrucións Previas sobre Coidados e Tratamento (Regaip) puesto en marcha por el Servizo Galego de Saúde en febrero. Esta herramienta permite a los facultativos tener acceso a través de la historia clínica electrónica al documento que especifica la voluntad del paciente ante una enfermedad terminal. Además, también permite dejar constancia de la voluntad de donar los órganos o el propio cuerpo tras la muerte, posiblidad que en otros países exige otra serie de trámites desvinculados de las instrucciones previas.

Galicia es una de las últimas comunidades en incorporar esta prestación, cuyos datos se integrarán en el Registro Nacional de Instrucciones Previas (RNIP), que cuenta con más de 37.500 inscritos en todo el país, a falta de información de los declarantes de Castilla y León y del País Vasco, que también tienen este sistema.

Según explicó la conselleira de Sanidade, María José Rubio, este mecanismo ''está pensado para aquellas personas que quieran decidir como quieren ser tratadas en el momento en que no tengan conciencia propia y no puedan expresar su voluntad personalmente''. En todo caso, la persona debe ser mayor de edad, ''capaz y libre'', para que el documento sea legal.

Por provincias, en A Coruña 48 individuos han formalizado este trámite; mientras que en Pontevedra y Lugo han sido 14, respectivamente, y en Ourense fueron tres las personas que se decidieron a dar este paso. Rubio atribuye el todavía escaso número de personas anotadas a que ''cuando estamos bien, no vemos su necesidad''.

Consideraciones filosóficas
La conselleira dio a conocer estos datos en el marco de la presentación de la Guía de Instrucións Previas, una herramienta con la que se pretende aclarar' diferentes aspectos formales relacionados sobre el modelo de documento en el que se plasman los deseos del paciente.

Así, la publicación que se facilitará a todos los facultativos tanto de Atención Primaria como de especializada, define ''una serie de consideraciones filosóficas'' relativas a lo que se debe entender por calidad de vida, recogiendo determinadas situaciones clínicas y especificando las diversas opciones.

Además, también explica los trámites a seguir para formalizar las instrucciones previas, especificando las vías posibles. Así, se puede designar a una persona de la familia o ajena a ella para que pueda servir de representante del enfermo o bien optar por dejar instrucciones previas. En este supuesto, el trámite puede formalizarse ''ante tres testigos mayores de edad, de los cuales dos -como mínimo- no deben tener relación con el patrimonio, ni tampouco cosaguinidad con el enfermo'', así como también se puede acudir directamente a un notario.

Registro nacional

Una vez pasados estos trámites, son los propios centros sanitarios o las delegaciones de Sanidade las que remiten el documento al Sergas, que se encarga de incluirlo en el registro gallego de forma que los médicos tengan acceso a él a través de la historia clínica electrónica. El siguiente paso consiste en la inclusión de esta información en el RNIP, de forma que los facultativos tengan presente la voluntad del enfermo independientemente del lugar en el que pueda precisar asistencia sanitaria.

Además de facilitar el conocimiento de la existencia de este documento a los profesionales, el Regaip se encarga de inscribir los documentos, así como de su substitución o revocación. Además, custodia estos escritos hasta transcurridos cinco anos del fallecimeinto de la persona otorgante.

Siete unidades
Actualmente, Galicia dispone de siete unidades del Regaip. Una de ellas se encuentra en la Dirección Xeral de Aseguramento e Planificación Sanitaria, en la sede de la consellería, en Santiago. Otras cuatro están distribuidas en las delegaciones provinciales, y otras dos son de reciente creación y se encuentran en el Hospital Arquitecto Marcide (Ferrol) y en la delegación de Sanidade en la ciudad olívica.

Estas unidades se encargan de recibir las solicitudes de inscripción y de su tramitación, así como de informar a las personas otorgantes de los requisitos formales y de vigilar su cumplimiento.

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