Aumentan a 16 los años de internamiento para el homicida de Cangas

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha resuelto aumentar hasta los 16 años el internamiento en un centro adecuado para el tratamiento del joven condenado por el homicidio de la pareja de su madre en Cangas, Pontevedra, a quien exime del delito de asesinato, como pedían fiscal y acusación particular.

Francisco A. M. permanecerá, pues, ingresado en un centro "adecuado para su padecimiento", un trastorno de la personalidad, y no irá a un centro psiquiátrico penitenciario, como solicitaban los recurrentes.

La Sala de lo Civil y lo Penal del TSXG entiende que los hechos son constitutivos de un delito de asesinato, al existir alevosía, pero lo absuelve del mismo al ser "inimputable" por su trastorno de personalidad. Además, revoca las penas accesorias de prohibición de comunicación y aproximación a los hijos de la víctima.

Francisco A.M., que tenía veinte años cuando sucedieron los hechos, fue condenado inicialmente por la Audiencia de Pontevedra a doce años y seis meses de internamiento para tratamiento médico en un centro adecuado para la anomalía que padece.

Los hechos por los que fue condenado se produjeron el 8 de enero de 2011 en torno a las 16.15 horas en la localidad pontevedresa de Cangas do Morrazo, cuando el condenado asestó dos cuchilladas a Jorge Fernández Silvoso en zonas vitales del cuello y que supusieron su muerte instantes más tarde.

El autor confesó inmediatamente los hechos y el 10 de enero fue a prisión.

La circunstancia que motiva que no vaya a la cárcel, según la sentencia de la Audiencia de Pontevedra, es un trastorno de la personalidad que "no le impide comprender el alcance de los hechos" pero "no puede actuar conforme a dicha comprensión porque no puede controlar la forma en que actúa para expresar sus emociones, necesidades e impulsos".

Comentarios