Absuelto el acusado de agredir sexualmente a la sobrina de su pareja en Oza-Cesuras

No se considera "acreditado" que realizase tocamientos a la menor ni que exhibiese material pornográfico a su hermana 
Audiencia Provincial de A Coruña. AEP
photo_camera Audiencia Provincial de A Coruña. AEP

La sección segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña ha absuelto a un hombre de los delitos de abuso sexual, agresión sexual, exhibicionismo y provocación sexual a menores, según la sentencia emitida por este tribunal. El fallo respalda la petición de absolución de la defensa, ejercida por el penalista Rubén Veiga y desestima las condenas que solicitaban tanto la Fiscalía como la acusación particular, con penas que sumaban 19 años, en un caso, y 19 años y 10 meses de prisión, en otro. 

La sentencia no considera "acreditados" los hechos por los que fue acusado y que, según la denuncia —presentada en 2014 por la madre de las entonces menores— se habrían producido en una vivienda del municipio de Oza-Cesuras tras iniciar el hombre una relación con la hermana de la denunciante. 

La sentencia considera que no consta "acreditado" que, "aprovechando" la estancia de las menores en la vivienda, durante algunos periodos de tiempo, se hubiesen cometido los hechos que se le imputaban. Entre otras cuestiones, el fallo apela a la "falta de concreción en los hechos relatados". 

"No existen corroboraciones periféricas consistentes del relato de lo sucedido", señala en relación a la versión dada por unos hechos que las denunciantes situaban en el verano del año 2005 o 2006. En el caso de una de las menores, la Audiencia de A Coruña no ve "acreditado" que el acusado le hubiese realizado "tocamientos de naturaleza sexual, ni que hubiera intentado penetrarla vaginalmente". 

En el caso de la otra hermana, sostiene que tampoco "consta suficientemente acreditado que, durante el año 2013" el hombre le hubiese mostrado "en un ordenador, y de manera intencionada, películas y material de contenido pornográfico". 

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