La Fiscalía recurre al Supremo la sentencia de La Manada para que sean condenados por agresión sexual

Entiende que deberían ser condenados a 18 años de cárcel

La Manada. ARCHIVO
photo_camera La Manada. ARCHIVO

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha recurrido en casación la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra contra los cinco integrantes de La Manada por entender que deberían ser condenados a 18 años por delitos de agresión sexual y no a los 10 que se les impusieron por un abuso sexual con prevalimiento. 

El Ministerio Público, en línea con la postura que mantuvo ya en la instancia anterior, considera que los hechos objeto de enjuiciamiento "fueron realizados mediante intimidación suficiente para anular la voluntad de la víctima" y "no es admisible forzar el derecho hasta extremos de exigir de las víctimas actitudes heroicas que inexorablemente las conducirán a sufrir males mayores". 

Entiende así que en los hechos existe una intimidación grave por lo que deben calificarse como un delito continuado de agresión sexual por el que pide para cada uno de los acusados 18 años de prisión, así como 10 años de libertad vigilada e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y prohibición de acercamiento a la víctima durante 20 años. Solicita dos años más para uno de los acusados, Antonio Manuel Guerrero Escudero, por el robo con intimidación del móvil de la víctima. 

La clave está en la tipificación que el Código Penal hace de los delitos de abuso y agresión sexual, pues para que concurra este último, deben darse factores de intimidación y/o violencia que el tribunal no apreció. No obstante, dio por probado que ellos, en una posición de prevalimiento, practicaron a la víctima actos "vejatorios" de contenido sexual sin su consentimiento, asentimiento o participación activa, aunque sin "ningún gesto que acredite una acción intimidatoria". 

La Fiscalía no lo ve así y pide al Supremo que lo rectifique porque cree que los hechos que se dan por probados constituyen "sin género de dudas una actitud intimidatoria por parte de los cinco acusados que fue la que les permitió consumar sobre la víctima los actos sexuales descritos".