Finaliza el plazo para que los partidos recurran por las candidaturas denegadas

Este jueves finaliza el plazo para que los representantes de las formaciones políticas cuya proclamación haya sido denegada por las juntas electorales provinciales puedan presentar recurso ante el juzgado de lo contencioso-administrativo.

El Boletín Oficial del Estado publicó el pasado martes las 1.145 candidaturas que han sido proclamadas por las juntas electorales provinciales que, por falta de avales u otras irregularidades, rechazaron un total de 178 candidaturas -99 al Congreso de los Diputados y 79 al Senado- pertenecientes a 39 formaciones distintas.

La Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) establece en su artículo 49 que en el mismo acto de interposición de recurso el candidato excluido o los representantes de las candidaturas deben presentar "las alegaciones que estime pertinentes acompañadas de los elementos de prueba oportunos".

La resolución judicial habrá de dictarse en los dos días siguientes a la interposición del recurso, es decir, antes del domingo, y tendrá "carácter firme e inapelable".

Los partidos aún pueden presentar recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, para lo que también dispondrán de un plazo de dos días. El TC deberá asimismo resolver el recurso en los tres días siguientes.

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