Confirman la pena a un hombre que dejó morir de hambre a 2.900 gallinas en Palencia

Está condenado por un delito continuado de maltrato injustificado a animales domésticos
Una granja avícola. EP
photo_camera Una granja avícola. EP

La Audiencia de Palencia ha confirmado la condena de 15 meses de prisión para un hombre que dejó morir de hambre a cerca de 2.900 gallinas en una granja de la localidad palentina de Amusco y cometió un delito continuado de maltrato injustificado a animales domésticos o amansados.

La Sala ha desestimado el recurso interpuesto por el encargado de la granja contra la sentencia del Juzgado de lo Penal número 1 que lo condenó en marzo de 2019 a 15 meses de prisión como autor responsable penalmente de un delito continuado de maltrato injustificado a animales domésticos o amansados, según consta en el fallo de la Audiencia.

Además, el condenado, que era el encargado pero no el dueño de la granja, queda inhabilitado durante dos años y un mes para ejercer cualquier profesión relacionada con animales y para la tenencia de animales en el sector avícola.

La defensa del condenado solicitó a la Audiencia la revocación de la sentencia y la absolución argumentando que el hombre, que era el encargado de la granja, carecía de facultades de decisión y había actuado por indicación del dueño de la empresa al dejar de alimentar el 22 de febrero a 2.882 gallinas que aparecieron muertas el 15 de marzo.

El magistrado de la Audiencia concluye que "no era un simple empleado sin poder de decisión" sino que conocía la granja desde siempre, ya que había sido su dueño, y se encargaba de la gestión y el funcionamiento ordinario de la misma, lo que incluía decisiones directas como el cuidado y alimentación de las gallinas según su grado de evolución entre las distintas naves de producción.

La sentencia confirma por tanto que el encargado "tenia capacidad de decisión sobre alimentar o no a las gallinas" y, además, sabía que "si no las alimentaba sufrían y morirían indefectiblemente".

Asimismo señala que no tenía ninguna orden de "no alimentar a las gallinas", -que de haberse dado habría sido "ilegal" y "delictiva"-, y que además había pienso y podía haberlas alimentado, al menos mientras se buscaba una solución para su sacrificio.

"Si había pienso y las gallinas podían ser alimentadas, es lo cierto que la decisión de no alimentarlas derivó de quien tenía a su cargo directo y efectivo la granja", concluye la sentencia, con la que se desestima íntegramente el recurso interpuesto por el encargado y confirma la sentencia del Juzgado de lo Penal, que en su día absolvió al dueño de la granja.