Condenados a un año de prisión Millet y Montull

La Audiencia de Barcelona ha condenado a un año de cárcel a los exresponsables del Palau de la Música Fèlix Millet y Jordi Montull por tráfico de influencias en la tramitación de un hotel de lujo junto a la entidad cultural, aunque ha absuelto de los cargos a la antigua cúpula de Urbanismo de Barcelona.

En su sentencia, la sección quinta de la Audiencia condena a una multa de 3,6 millones de euros a Millet y de 900.000 euros a Montull, mientras les embarga los 895.000 euros que recibieron del promotor Manuel Valderrama para que "enmascararan" ante las autoridades que éste iba a lucrarse con la construcción del hotel de lujo, proyecto abortado al estallar el escándalo del Palau.

Por el contrario, la sala ha absuelto al exteniente de alcalde de Urbanismo de Barcelona Ramón García Bragado, al exgerente Ramón Massagué y al director jurídico de esa área Enric Lambies, al no considerar probado el delito de prevaricación por el que la Fiscalía les pedía cuatro años de cárcel.

La sala reprocha, eso sí, a los funcionarios su "falta de diligencia" en la tramitación urbanística del Hotel del Palau y sostiene que "debieron obrar con mayor responsabilidad", aunque esa "omisión en el ejercicio de sus funciones no puede calificarse de una desviación grosera, clara e consciente del derecho, sino de una imprudencia grave e inexcusable".

Asimismo, la sala ha acordado que se abran diligencias contra el promotor hotelero Manuel Valderrama, ante los indicios de que mintió en el juicio cuando negó que pagara a Millet y Montull una comisión para que le facilitaran la tramitación del proyecto hotelero.

La sentencia no ahorra críticas al proceso de tramitación urbanística para la construcción de un hotel de lujo junto al Palau de la Música y apunta que el interés público de dicho proyecto nunca estuvo debidamente motivado, al tiempo que critica la "falta de transparencia" en el proceso de participación ciudadana, en que los vecinos podían opinar sobre las características del establecimiento pero sin cuestionar su construcción.

Asimismo, la sala reconoce errores en el cumplimiento del primer convenio que Millet firmó con el conseller de Economía, Antoni Castells, para construir el hotel y en la descatalogación de los edificios protegidos donde este se iba a edificar, pero recalca que esos hechos no son atribuibles a los funcionarios municipales y que los cargos de la Generalitat "no son acusados en este juicio".

El tribunal considera que, mediante "actuaciones insistentes y persistentes en el tiempo", los saqueadores confesos del Palau Millet y Montull lograron "convencer" a las autoridades competentes para la firma de dos convenios que permitieran la construcción del hotel, "poniendo el acento en el supuesto interés general del proyecto, haciendo desviar la atención de las autoridades" sobre el beneficio económico que ellos perseguían.

Para ello, según la sala, Millet y Montull remitieron numerosos escritos a las autoridades implicadas en el proceso en las que no se limitaron a solicitar información, "sino que fueron más allá, con expresiones subjetivas, de invitación, e incluso, en ocasiones, representativas -objetivamente- de verdaderas presiones" con el fin de lograr las modificaciones urbanísticas necesarias para sus "propósitos lucrativos".

Según el tribunal, de haberse construido el hotel, la operación habría supuesto un beneficio económico directo para los saqueadores y también para la Fundación del Palau, en virtud del convenio que Millet firmó con Castells y que preveía que la entidad cultural recibiera 3,6 millones de euros del promotor hotelero por su intervención en la recalificación de las fincas.

"¿Por qué habría de compensarse a la Fundación, en tal elevada cantidad, por ser titular de esas fincas? (...) Es evidente que se trata de obtener dinero a cambio de una pura especulación inmobiliaria", asevera la sentencia.

La sala analiza también el supuesto interés general del proyecto alegado por los imputados y concluye que la memoria que redactó el área de Urbanismo del Ayuntamiento para iniciar la modificación urbanística necesaria para construir el hotel "peca de una insuficiente motivación en relación a la necesidad, oportunidad y conveniencia de la modificación propuesta".

En ese sentido, la sala recuerda que el proyecto tenía "una fuerte oposición vecinal" que habría sido mayor de conocerse que la titularidad de las fincas donde se iba a construir el hotel eran de un particular, el constructor Manuel Valderrama, y no de la Fundación Palau de la Música.

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