Condenado a 3 años y medio por asesinar mediante asfixia a una prostituta durante un juego sexual

Según el tribunal el hombre actuó "despreciando" el riesgo de acabar con su vida imbuido del efecto "euforizante" que causaban en su cuerpo las drogas y el alcohol

La Audiencia de Tarragona ha condenado a tres años y medio de cárcel a un hombre que mató a una prostituta a la que asfixió en el marco de un juego sexual, en el que, según el tribunal, actuó "despreciando" el riesgo de acabar con su vida imbuido del efecto "euforizante" de las drogas y el alcohol.

En la sentencia, la sección segunda de la Audiencia de Tarragona condena a Claudio Augusto Santana Dos Santos a tres años y medio de cárcel por un homicidio imprudente, al aplicarle las atenuantes de afectación tóxica y alcohólica y de confesión. Los hechos ocurrieron en agosto de 2016, cuando el acusado contrató los servicios de una prostituta, que acudió a su casa de Salou, donde la maniató para practicarle un juego sexual con maniobras sofocantes, por el que el hombre puso sus manos alrededor del cuello de la mujer.

Según el tribunal, el acusado sabía que le podía causar la muerte a la prostituta, aunque no quería que eso ocurriera y además "era versado en dicha práctica", ya que "la había practicado con anterioridad". Sin embargo, el hombre, de 93 kilos de peso, acabó asfixiando a la mujer, de 28 años y 50 kilos de peso, al no percatarse de los movimientos típicos, como espasmos o convulsiones, de la mujer, que tenía las manos atadas.

El tribunal popular que juzgó al acusado llegó a la conclusión de que éste no tenía el propósito de matar a la mujer ni que fuera consciente de que la estuviera ahogando

De hecho, para el jurado popular, "la maniobra de sofocación mediante oclusión de las vías aéreas en el contexto en el que se produjeron los hechos, de práctica sexual con inclusión de hipoxifilia", no fue "claramente inequívoca" de su voluntad de causar la muerte de la prostituta.

"Aún cuando el acusado tenía información de que iba a desplegar maniobras suficientes para poder explicar un resultado de muerte, dicho riesgo no fue ni buscado, ni querido ni asumido por el acusado, sino despreciado por el mismo, desprecio imbuido de la situación euforizante consecuencia del consumo de tóxicos y del hecho de contar con experiencia en la referida práctica sexual", sostiene el fallo.

Para el tribunal, el acusado "advirtió el peligro pero confió erróneamente en que no se iba a producir el resultado, obviando las más elementales medidas de cuidado", como cesar la maniobra de sofocación con fines sexuales ante los incipientes signos de afectación de la víctima.

ENTREGA VOLUNTARIA. De hecho, tras matar a la mujer, el acusado acudió a comisaría de manera voluntaria, facilitando el descubrimiento del delito, y regresó al piso donde esperó a que los Mossos d'Esquadra comprobasen los hechos y les confesó que había tenido relaciones sexuales con la fallecida en las que la había agarrado por el cuello.

El tribunal pone de relieve además que, al estar la mujer atada de manos, ello pudo dificultar que el acusado se percatase de las reacciones de la víctima a la hora de comprobar su falta progresiva de oxígeno.