Un banco, obligado a devolver 400.000 euros por la venta de unas preferentes

Santander había vendido las participaciones a una pareja en 2006

El juzgado de primera instancia número 3 de Ferrol ha dado la razón a un matrimonio de la ciudad y ha condenado al Banco Santander a devolverle a la pareja 400.000 euros por la venta de participaciones preferentes en 2006, según detalla TCP Comunicación en una nota. El Santander había actuado en calidad de intermediario entre el matrimonio y el emisor de las preferentes, la empresa alimentaria SOS Cuétara, que posteriormente se denominó SOS Corporación Alimentaria y en la actualidad es Deoleo.

La entidad bancaria vendió participaciones por un valor de 300.000 euros, pero la cantidad a devolver, según las mismas fuentes, ascendería a los citados 400.000 euros teniendo en cuenta los intereses legales acumulados desde 2006 y las costas del abogado, procurador y pericial. Además la jueza también ha anulado la conversión de las preferentes en acciones de la compañía alimentaria, llevada a cabo y verificada en diciembre de 2010.

Mientras, los demandantes, ambos jubilados, están obligados a restituir los rendimientos percibidos junto a sus intereses legales. El Santander se quedaría por su parte con la plena propiedad de las acciones entregadas a cambio de las participaciones preferentes.

El abogado coruñés Xoán Antón Pérez-Lema, que ejerció la defensa del matrimonio, subraya, según recoge el comunicado, que "la jueza considera que la información suministrada por el banco no fue suficiente, ni tampoco se hizo con la anticipación precisa para que el cliente se hiciese una idea cabal de lo que contrataba".

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