El TS declara a Volkswagen España responsable por el escándalo del dieselgate

Instalaciones de Volkswagen. AEP
photo_camera Instalaciones de Volkswagen. AEP

El Tribunal Supremo ha dictaminado que Volkswagen Audi España, filial del grupo automovilístico alemán, debe indemnizar por daños morales a un consumidor afectado por el conocido como dieselgate, que consistió en manipular motores diésel para falsear las emisiones contaminantes de los vehículos en las pruebas de laboratorio. El alto tribunal entiende que la distribuidora asume en España la responsabilidad de su matriz.

El escándalo se remonta a septiembre de 2015, cuando se descubrió en Estados Unidos que el grupo Volkswagen montó en los motores diésel de la familia EA 189 un software que alteraba a la baja las emisiones cuando detectaba que era sometido a una inspección en los rodillos de un laboratorio.

En el caso analizado por el Supremo, el comprador adquirió en 2008, en un concesionario oficial de la marca Audi, un modelo propulsado con ese tipo de motor por el que pagó 37.920 euros. Años más tarde salió a la luz la manipulación. Una vez que la matriz admitió públicamente el fraude y asumió su responsabilidad, Volkswagen Audi España envió una carta al cliente en la que le informaba de que el motor de su coche necesitaba actualizar el software y se disculpaba en nombre del fabricante por las molestias.

En 2016, el consumidor decidió presentar una demanda contra el concesionario y la empresa distribuidora, a la que consideraba "responsable directo y principal del fraude cometido y de las consencuencias derivadas". En concreto, solicitaba la nulidad del contrato de compraventa o, alternativamente, la resolución por su incumplimiento, y reclamaba 11.376 euros por daños morales y 6.644,7 en concepto de intereses y gastos de financiación satisfechos. De forma subsidiaria, reclamaba 15.000 euros como indemnización por la depreciación del valor del vehículo. La demanda fue desestimada en primera instancia y por la Audiencia Provincial de Madrid, pero ahora el Supremo revoca aquellos veredictos y defiende que la filial tiene responsabilidad por los daños causados.

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