Multan a Mediaset con 812.140 euros por superar el tiempo de publicidad

La CNMC considera que Telecinco y Cuatro superaron los 12 minutos por hora natural permitidos para la emisión de publicidad y televenta

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a Mediaset con 812.140 euros al haber superado en sus canales Telecinco y Cuatro, en enero y ferebro de 2015, los límites de tiempo de emisión dedicados a los mensajes publicitarios regulados en la Ley General de Comunicación Audiovisual. De este modo, según ha comunicado Competencia, Mediaset ha vulnerado el artículo 14.1 que establece el límite de tiempo de emisión de publicidad de mensajes publicitarios y de televenta en 12 minutos por hora natural. 

Según la legislación, "para el cómputo de esos 12 minutos se tendrá sólo en cuenta el conjunto de los mensajes publicitarios y la televenta, excluyéndose el patrocinio y el emplazamiento".

La ley también indica que se excluirá del cómputo la telepromoción cuando el mensaje individual de ésta tenga una duración claramente superior a la de un mensaje publicitario y el conjunto de telepromociones no supere los 36 minutos al día, ni los 3 minutos por hora de reloj.

Contra esta decisión de la CNMC, Mediaset podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en un plazo de dos meses. 



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