Llega la ayuda de 210 euros mensuales al alquiler joven

Esperanza en obras (Foto: Otto. AGN)
photo_camera Esperanza en obras (Foto: Otto. AGN)

Con la llegada del nuevo año llega una de las medidas estrella del Gobierno para la campaña electoral, y que pretende ser más efectiva que lo conseguido hasta ahora para facilitar el acceso a una vivienda.

A partir del día 2, los jóvenes de entre 22 y 30 años, con una fuente regular de ingresos inferior a 22.000 euros brutos anuales, podrán solicitar la renta básica de emancipación de 210 euros mensuales, que supone un total de 10.080 euros durante los cuatro años que dura la prestación. Eso sí, si el alquiler es compartido la ayuda se divide entre el número de firmantes (si el contrato tiene dos titulares, cada uno recibirá 105 euros).

En el caso de los nuevos contratos de alquiler, se recibirá también un préstamo sin interés de 600 euros, que se puede utilizar para la fianza y que deberá ser devuelto al finalizar el contrato de alquiler o cuando se deje de recibir la renta de emancipación.

Si se necesitara aval, se percibirán otros 120 euros para los gastos de su tramitación. No tendrán derecho a la renta los jóvenes con un patrimonio superior a 108.182,18 euros ni los que sean propietarios de una vivienda, salvo que no dispongan del uso ni del disfrute de la misma o su valor catastral no exceda del 60 por 100 del precio máximo de una vivienda protegida de precio general.

Como medida de prevención de  fraude, no se aceptarán contratos de alquiler entre familiares próximos (primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad).

Todas las comunidades autónomas han suscrito con el Ministerio de Vivienda el convenio de gestión conjunta de la renta básica de emancipación, pero Navarra y País Vasco deberán reunirse para ratificar el acuerdo el próximo 9 de enero, con motivo de la conferencia sectorial.

Solicitud
El formulario de solicitud disponible la web Alquiler Joven, y la copia del contrato, en caso de que ya se esté de alquiler, deberán ser presentados ante el departamento competente en materia de vivienda de la comunidad donde se vaya a residir.

La administración autonómica comprobará que se cumplen todos los requisitos y en un plazo máximo de dos meses entregará la resolución, con la que el beneficiario podrá solicitar el pago en las entidades colaboradoras.

El Ministerio de Vivienda ingresará la ayuda una vez que compruebe que ha realizado la transferencia del pago del alquiler mensual al propietario.

Si el solicitante aún no tiene contrato de alquiler podrá pedir el reconocimiento provisional del derecho a la renta, momento a partir del cual dispondrá de tres meses para buscar casa y presentar una nueva solicitud aportando el contrato de alquiler.

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