La Audiencia de A Coruña rechaza la demanda de siete inversores contra Novacaixagalicia y el Frob

El tribunal provincial descarta que esté demostrada la intención de engaño por parte de la entidad. Los empresarios perdieron un total de 20 millones de euros
 Representantes de algunas de las empresas gallegas que denunciaron al Frob y NCG, durante la vista celebrada en los Juzgados de A Coruña en noviembre de 2014
photo_camera Representantes de algunas de las empresas gallegas que denunciaron al Frob y NCG, durante la vista celebrada en los Juzgados de A Coruña en noviembre de 2014

La sección quinta de la Audiencia de A Coruña ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por siete inversores gallegos –Corporación Hijos de Rivera, Inversiones Gallegas del Cable, Coren, Inversiones Subel, Concable Inversiones, Río Breiro y Copasa– contra la sentencia que rechazó sus pretensiones frente a Novacaixagalicia y el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (Frob). En su demanda, dichas compañías reclamaban que se declarase nula, por dolo o por error en el consentimiento, la venta de acciones formalizada el 12 de enero de 2012 sobre la base de un compromiso irrevocable de inversión, suscrito entre los meses de noviembre y diciembre de 2011. Con ella, pretendían recuperar una inversión que ascendía a un total de 20 millones de euros.

Ahora, el tribunal provincial confirma el fallo del juzgado de primera instancia número 5 de A Coruña y sostiene que no puede "sino confirmar la valoración que de la prueba que consta en autos hace la juzgadora", que apreció la inexistencia de dolo en la conducta del Frob y Novacaixagalicia. "Ni aparece inequívocamente la intención de engañar o de aprovecharse del engaño, ni la conducta precontractual de las partes tuvo, a juicio de este tribunal, eficacia captatoria, determinante de la voluntad de contratar de los ahora recurrentes", señala la sentencia.


El tribunal considera que la falta de asesoramiento especializado por parte de las empresas "denota una falta de diligencia profesional" 


En relación a la concurrencia de error invalidante del consentimiento contractual en los inversores, recuerdan los magistrados que están valorando "la actuación de empresas para las que las inversiones en valores no son elemento extraño a su actividad ordinario". "Lo tuvieran o no como objeto social propio", matiza el fallo que recalca que la falta de asesoramiento especializado (interno o externo) "denota una falta de diligencia profesional que hace inexcusable el error en que pudieran haber incurrido".


Sobre las razones por las que los empresarios se decidieron a invertir en la entidad bancaria, sostiene la Audiencia que "nada de ello justifica, desde el punto de vista estrictamente vinculado con la acción judicial ejercitada, no analizar, con detenimiento y el apoyo técnico que fuera preciso, las condiciones de la operación, en relación con la situación económica de la entidad cuyas acciones se compraban". Al respecto, la sala cuestiona el hecho de "fiarse, tan solo, de la documentación preparada por Novacaixagalicia para la captación de inversores" .

Finalmente, en relación a la valoración de la prueba pericial por parte de la juzgadora de instancia, sostiene la Audiencia que ha sido "racional, lógica y motivada". Contra el fallo cabe recurso ante el Tribunal Supremo.

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