Galicia responde a la reforma que busca penalizar las herencias en vida en el IRPF

Mientras Hacienda ve "abusivo" que la venta de bienes recibidos en pactos sucesorios se libre del impuesto, el PPdeG reclama la retirada de la penalización en la futura ley de lucha contra el fraude
Hacienda aspira a modificar el IRPF en lo que toca a los pactos sucesorios. PIXABAY
photo_camera Hacienda aspira a modificar el IRPF en lo que toca a los pactos sucesorios. PIXABAY

Mientras el Gobierno tiene en su agenda de 2021 abordar la reforma de la financiación autonómica, abriendo el melón de la armonización de los tributos cedidos a las autonomías para tratar de fijar unos tipos mínimos y máximos, la Xunta se prepara para plantar cara al proyecto de Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, que supondrá un torpedo en la línea de flotación de los pactos sucesorios gallegos. Según la Consellería de Facenda, en 2019 un total de 32.838 gallegos se beneficiaron de herencias en vida, una cifra que se ha reducido a 23.112 entre enero y octubre de este año debido al confinamiento y las restricciones del covid.

El atractivo de esta fórmula propia del Derecho Civil gallego —Cataluña, Navarra, Aragón, País Vasco y las islas de Mallorca, Ibiza y Formentera tienen modelos similares— podría esfumarse con la norma promovida por el Ejecutivo de PSOE y Unidas Podemos. La ley antifraude modifica el artículo 36 de la ley del IRPF, que regula las «transmisiones a título lucrativo» de tal forma que penaliza a los herederos que, habiendo recibido unos bienes, los venden antes de que aquellos que se los cedieron, por ejemplo, sus padres, fallezcan.

María Jesús Montero y Valeriano Martínez.EPActualmente, un progenitor que en su día compró una casa por 110.000 euros puede cedérsela a su hijo mediante pacto sucesorio con su valor actualizado de 300.000 sin que el primero tenga que tributar en el IRPF por la plusvalía. El caso es que si el hijo, a su vez, vende esa propiedad antes de que el trasmitente haya muerto por esos 300.000 euros, tampoco deberá tributar.

La pretensión del Ministerio de Hacienda es modificar el IRPF para que en las transmisiones en vida no pueda computarse como valor de adquisición de un bien el que se declaró en el pacto sucesorio, de tal manera que el heredero que venda un inmueble o un pequeño negocio antes de que el causante haya muerto deberá "subrogarse" en la posición de este último a la hora de tributar. Esto implica que, en el IRPF, la ganancia o pérdida se calculará comparando el precio de venta con el valor al que el donante lo adquirió, lo que elevará sensiblemente la factura fiscal. La aplicación práctica supondría que aquel heredero que se desprendió de la casa de su padre por 300.000 euros tendría que declarar como valor de adquisición los 110.000 que en su día pagó su progenitor y tributar por una plusvalía de 190.000.

En la memoria de análisis de impacto normativo de la futura ley, Hacienda justifica la reforma por el hecho de haber "detectado un mayor número de operaciones" de venta de los bienes recibidos a través de herencias en vida. El departamento argumenta que estos actos producen "una importante desimposición" respecto a lo que el titular original habría tenido que pagar en el IRPF si hubiese enajenado directamente su propiedad. Por eso, concluye que hay que "evitar tales operaciones abusivas".

Facenda batallará para mantener el atractivo fiscal de esta figura singular del Derecho Civil gallego

Frente a esta posición, Facenda batallará para mantener el atractivo fiscal de esta figura singular del Derecho Civil gallego. Defiende que los pactos sucesorios "permiten dinamizar o patrimonio pasando as propiedades de pais a fillos para que as poñan en valor", además de "favorecer" el relevo en las empresas y de elevar "a liberdade" del testador al repartir los bienes "de acordo ás necesidades dos seus herdeiros".

RESPUESTA. Además de promover enmiendas en las Cortes a través del grupo popular, en el Parlamento gallego, el PPdeG registró el lunes una proposición no de ley (PNL) en la que tilda de "sorprendente e chamativo" que el Gobierno central "equipare a un suposto de fraude fiscal a transmisión dos bens herdados en vida a un terceiro mentres o causante segue vivo".

Si la reforma prospera, los populares avisan de que se daría "unha evidente discriminación" al restringir "a capacidade de disposición" de aquel que recibe una propiedad. Y es que se vería abocado a esperar a que el causante fallezca para vender y evitar el palo fiscal. Además de "desvirtuar a natureza" de los pactos sucesorios gallegos y de generar incertidumbre jurídica al no preverse un régimen transitorio, el PP percibe un ataque "á autonomía financeira" de Galicia. Por ello, la PNL insta a la Xunta a dirigirse a Sánchez para que rectifique.

Una fórmula que ha beneficiado a 135.811 gallegos en cinco años
Los datos de la Consellería de Facenda revelan que, desde 2016, en Galicia 135.811 gallegos se han beneficiado de pactos sucesorios. Ese año estas operaciones crecieron sustancialmente (hasta entonces la media anual era de 11.400) al ampliarse el mínimo exento del impuesto de sucesiones —que grava tanto las herencias en vida como las convencionales— de 125.000 a 400.000 euros por perceptor, sin contar la vivienda habitual.

1 millón de euros
La Xunta ha seguido rebajando la fiscalidad de las herencias directas (ascendientes, descendientes y cónyuges) de manera que el pasado enero el mínimo exento pasó de 400.000 a 1 millón de euros. El resultado es que el 99,6% están exentas de tributar por sucesiones.

7.717 
Son los pactos sucesorios registrados ante fedatarios públicos en la comunidad en el primer semestre, según datos provisionales del Colegio Notarial de Galicia. En 2019, los gallegos tramitaron 19.868 herencias en vida.
 

Alberto Ferreiro, abogado especialista en Derecho sucesorio:
"La interpretación del Supremo veda aplicar el IRPF a los pactos sucesorios"
Pese a admitir que "es cierto" que en algunos casos los pactos sucesorios gallegos se utilizan "para ahorrarse tributar por la ganancia patrimonial" en eAlberto Ferreiro, abogado especialista en Derecho Sucesorio.EPl IRPF, el abogado lucense Alberto Ferreiro avala que lo más conveniente sería que el Gobierno fijase un plazo durante el cual se obligue a responder ante Hacienda de verificarse que el bien ha sido vendido tras la herencia solo para reducir la factura fiscal. "Cualquier transmisión inmediatamente posterior a la adquisición por pacto no tiene por qué tener un fin especulativo; puede obedecer a una situación de necesidad", apunta el experto.

Además, el letrado recuerda que, contra el criterio de la Agencia Tributaria, el Supremo resolvió en una sentencia de 2016 que las herencias recibidas mediante pacto sucesorio de apartación o mejora (las dos modalidades gallegas) están "exentas" de tributar por el IRPF al estar gravadas ya por sucesiones. "Esta argumentación puede servir para atacar la reforma por vulneración de nuestro Derecho de sucesiones", indica Ferreiro, que recalca que aplicar el IRPF a una herencia en vida "está vedado según la interpretación del Supremo".

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