El TXSG pide a Competencia que sancione a Monbus y Alsa por "repartirse el mercado"

Monbus defiende que "siempre actúa con absoluto rigor e integridad", por lo que recurrirá ante el Tribunal Supremo la sentencia
monbus en estacion de autobuses
photo_camera Autobuses de Monbus en la estación de autobuses. AEP

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ordenado a la Comisión Galega da Competencia que incoe un expediente sancionador contra Monbus y Alsa "por indicios de haber podido repartirse el mercado". La sentencia se retrotrae a 2020, cuando ambas compañías concurrieron a través de una Unión Temporal de Empresas (Ute) a un concurso público de varios contratos de transporte por carretera. De las 29 concesiones que se contrataron, se presentaron a cinco en Ute. 

En 2021, la Comisión Galega da Competencia archivó las actuaciones a raíz de las denuncias que habían presentado la CIG y Travieso Consultores de Gestión y Software de Transporte de Viajeros. Después, fue Travieso Software Transporte de Viajeros la que recurrió a la justicia la decisión de este organismo público autonómico. 

La sentencia, del 10 de marzo, advierte que la mencionada comisión archivó el caso "sin realizar la comprobación de los hechos denunciados, existiendo indicios racionales de infracción". Por tanto, los magistrados del TSXG decretan la nulidad de la resolución de la Comisión Galega da Competencia.

"NO FUE UNA CASUALIDAD" 

Advierten de que el hecho de que Alsa y Monbus hayan concurrido en Ute a cinco lotes, "entre ellos, los cuatro de mayor importancia económica y sin concurrir por separado a ninguno de los otros 24 lotes", no puede interpretarse, "conforme a las reglas de la lógica y las pautas de la experiencia, como una casualidad (caso), sino que ha de considerarse como una causalidad (causa) de un acuerdo, previo, para aprovecharse, además, de que los pliegos permiten concurrir a todas las licitaciones". 

El fallo subraya que, de esta forma, se evita "la aplicación de la cláusula sobre máximas adjudicaciones, concurriendo en las otras con otros transportistas, lo que constituye, más que una fundada sospecha, un indicio racional y bastante de concierto para obtener una posición dominante, sino excluyente, del transporte público gallego, precisando su investigación con la tramitación de un oportuno y procedente expediente sancionador". 

El TSXG advierte que las Ute "resultan anticompetitivas", justificándose la colaboración entre varias empresas cuando, por su capacidad financiera o técnica, "necesiten complementarse, mayormente cuando de la unión se deducen eficiencias para los consumidores". Sin embargo, destaca que, en este caso, "en modo algún se acredita ni la necesidad ni los efectos beneficiosos". 

La Comisión Galega da Competencia, según el fallo, "no analizó ni comprobó si la distribución de los lotes favorece a Alsa y Monbus, imposibilitando la concurrencia de las de menor entidad, ni si se falsea la libre competencia o se adecua a las exigencias del mercado". 

MONBUS DEFIENDE SU "RIGOR" Y RECURRIRÁ 

Monbus defiende que "siempre actúa con absoluto rigor e integridad", por lo que interpondrá un recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS) contra la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que ordena a la Comisión Galega da Competencia a iniciar un expediente sancionador "por indicios de haber podido repartirse el mercado" junto con Alsa. 

Según informan a Europa Press fuentes de la compañía, los servicios jurídicos de Monbus "están analizando" el fallo emitido el pasado 10 de marzo, que todavía no es firme. 

Con todo, no comparten el contenido del mismo porque "tal y como se acreditó y justificó en su día, no ha habido práctica restrictiva alguna". Además, la empresa asegura que "siempre actúa con absoluto rigor e integridad dentro de la legalidad, tanto al concurrir a un concurso público como en cualquier otro aspecto del desarrollo de su actividad. 
 

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