El TS obliga a Bankia a devolver lo invertido en acciones por engañar en la salida a bolsa

El Alto Tribunal también ha rechazado que la causa penal pendiente ante la Audiencia Nacional pueda paralizar las reclamaciones individuales vía civil

El Tribunal Supremo ha desestimado los recursos interpuestos por Bankia contra dos sentencias que decretaron la nulidad de los contratos de compra de acciones emitidas por la entidad, porque hubo error en el consentimiento al existir desfase entre las cifras del folleto informativo y las reales.

La sentencia de la Sala de lo Civil del Alto Tribunal obligará a la entidad a devolver el dinero de dos suscriptores de su oferta pública de acciones, y abre la vía a miles de nuevas reclamaciones.

Además, ha rechazado que la causa penal pendiente ante la Audiencia Nacional pueda paralizar las reclamaciones individuales vía civil.

Durante el pleno celebrado este miércoles, el Alto Tribunal ha considerado la decisión por la que las Audiencias Provinciales de Asturias y Valencia anulaban la compra de las acciones por parte los clientes, al estimar que el folleto informativo de la salida a bolsa, que tuvo lugar en julio de 2011, no reflejaba la situación económica real de la entidad.

De esta forma, el Supremo rechaza los argumentos de Bankia, y mantiene abiertas las causas en los distintos juzgados españoles a raíz de las demandas de los pequeños inversores.

El tribunal también se ha pronunciado acerca de la prejudicialidad penal, y rechaza que la causa penal pendiente ante la Audiencia Nacional pueda paralizar las reclamaciones individuales por la vía civil.

El Supremo ratifica así las decisiones adoptadas por los tribunales civiles, que hasta el momento, estaban fallando a favor de los inversores.

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