Condenan a PSA a readmitir a un trabajador despedido por "persecución sindical"

La sentencia considera que la empresa vulneró su intimidad tras hacer públicas "una serie de circunstancias sobre su expediente laboral"

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha condenado al grupo automovilístico PSA Peugeot Citroën a readmitir en su fábrica de Vigo a David Vázquez, un trabajador cuyo despido ha sido considerado "nulo" al entender que responde a una "persecución" sindical, informaron este miércoles fuentes sindicales.

La empresa deberá abonar también 10.000 euros a este trabajador afiliado al sindicato CUT, además de los salarios de tramitación, por daños y perjuicios, ya que la sentencia considera que se vulneró su intimidad.

Esto se debe a que la compañía hizo públicas "dentro de la empresa una serie de circunstancias sobre su expediente laboral", según la sentencia.
Todo ello después de contratar los servicios de un detective privado para que le hiciese un seguimiento durante su periodo de baja, tras lo cual se hizo efectivo el despido.

Así lo ha explicado el propio David Vázquez en declaraciones a los medios de comunicación esta mañana, acompañado del secretario de la sección sindical de CUT en PSA Vigo, Vítor Mariño, y del responsable comarcal Manolo Camaño.

Vázquez ha detallado que la resolución del TSXG considera que hubo "persecución" hacía su persona por su afiliación al sindicato, algo que ha vinculado al objetivo de la empresa de "meter miedo a los compañeros a base de despidos arbitrarios" y sin "motivos justificados".

PSA alegó que el hombre estaba realizando "tareas incompatibles" con la baja laboral que había solicitado o, dicho de otro modo, "falseando el motivo de la baja".

Sin embargo, un informe del Instituto Gallego de Seguridad y Salud Laboral (ISSGA) determinó que no podía ocupar su puesto de trabajo "por temas físicos", ya que su dolor costal venía provocado por los "400 movimientos repetitivos" que realizaba a lo largo de la semana.

Las "tareas incompatibles" de las que habla la empresa eran, según el trabajador perjudicado, "ir a comprar alimentos y coger papeles de la guantera del coche", datos que la compañía extrajo de la investigación del detective.

Por su parte, Mariño ha indicado que no es la primera sentencia que reconoce un despido nulo en la factoría pero sí que determina que "existe una discriminación sindical y vulneración de la intimidad", algo que ha considerado "un punto de inflexión".

Ha matizado que, en el periodo en el que David fue despedido, había más de 1.000 personas de baja y tan hubo un seguimiento con detective privado de cinco de ellos.

La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso ante el Tribunal Supremo.

Comentarios