¿Cuáles son las sanciones en un caso de alcoholemia?

Una prueba de alcoholemia. PIXABAY
photo_camera Imagen de una prueba de alcoholemia. PIXABAY

Si bien es fundamental tener claro que no debemos conducir nunca bajo los efectos del alcohol, tanto si ya has tenido algún percance de este tipo como si te interesa conocer más acerca de estas sanciones, este artículo puede resultarte interesante. Hemos consultado a los mejores expertos en este campo y a continuación te contamos cuáles son las principales sanciones que existen en un caso de alcoholemia. Sigue leyendo para conocer cuáles son las sanciones a las que puedes enfrentarte en un caso de alcoholemia, según los expertos.

Revisión de las sanciones en casos de alcoholemia

¿Tienes dudas sobre cuál es la tasa de alcohol máxima permitida por la DGT para poder conducir de manera legal? Según datos de la Dirección General de Tráfico, el consumo de alcohol y de otro tipo de sustancias al volante es sin duda una de las primeras causas de accidentes de tráfico, que solamente superan el exceso de velocidad y las distracciones al volante.

Lo primero que debes saber es que la tasa de alcohol máxima permitida en nuestro país es de 0,25 miligramos por litro en aire espirado. Si esta tasa se mide en sangre, la máxima permitida es de 0,5 gramos por litro.

Del mismo modo, tanto los conductores profesionales como los conductores noveles, tienen una tasa máxima legal permitida de 0,15 miligramos por litro en aire respirado y de 0,3 gramos por litro en sangre.

Por normativa, en los controles la Guardia Civil suele disponer de dispositivos portátiles o alcoholímetros, con los que se puede medir el nivel de alcohol que llevan los usuarios en el cuerpo. De esta forma, si soplamos y damos 0,25 miligramos por litro puede que nos dejen continuar circulando o que nos hagan esperarnos y someternos a una segunda prueba diez minutos después, que será obligatoria para todos aquellos que sobrepasen esta cifra máxima.

La nueva prueba es la definitiva y se realizará en una furgoneta especial dedicada a este tipo de controles, que suele llevar un etilómetro dentro. Se trata de un dispositivo de mayor tamaño que imprime en un papel la tasa de alcohol y los datos del conductor. Si volvemos a dar positivo se procederá a la formalización definitiva de la sanción y las autoridades podrán iniciar el proceso administrativo o penal.

Del mismo modo, cabe reseñar que las pruebas de alcohol en sangre se realizan en laboratorios asociados, y son una alternativa para todos los conductores que no se encuentren de acuerdo con el resultado mostrado en el dispositivo de la Guardia Civil. En estos casos, el coste del test corre a cargo del conductor si de positivo, y de la administración si da negativo.

De esta forma, dependiendo del resultado que obtengamos, podemos recibir una multa o sanción menor u otra más grave. En estos casos, lo mejor es contactar con abogados especializados en este tipo de situaciones, como los expertos de Garanley, a los que podemos encontrar en https://garanley.com/abogados-alcoholemias/, y que nos ayudarán a resolver de manera mucho más eficiente todo este tipo de situaciones.

De esta manera, si el alcoholímetro marca entre 0,26 mg por litro o 0,50 mg por litro cuando las autoridades nos sometan a la prueba, recibiremos una sanción económica de 500 euros, y además perderemos cuatro puntos de nuestro carnet.
Por otro lado, si registramos una cifra superior a 0,50 mg por litro y hasta 0,60 mg por litro, la multa ascenderá hasta los 1000 euros y perderemos un total de seis puntos de nuestro carnet.

Asimismo, si superamos los 0,60 mg por litro ya estaríamos hablando de un delito penal. En estos casos resulta fundamental contactar con un abogado especializado para que pueda ayudarnos a resolver esta situación de la manera más favorable posible. Si hablamos de delito penal, podemos llegar a afrontar una condena de entre tres y seis meses de cárcel, de entre seis a doce meses de multas económicas o de trabajos en beneficio de la comunidad, así como también de la pérdida del carnet de conducir durante un período de entre uno a cuatro años.

Del mismo modo, si recibimos alguna de estas sanciones y cuando podamos volver a conducir somos reincidentes y recibimos otra sanción igual, este tipo de condenas se agravarán o se prorrogarán.

Asimismo, cabe reseñar también que si nos negamos a realizar algún tipo de test de alcoholemia cuando nos lo requieran los agentes, teniendo en cuenta que dos de ellos son obligatorio si hemos dado positivo en la primera prueba, también estaremos incurriendo en un delito que viene tipificado en el artículo 383 del Código Penal: un delito que se castiga con pena de cárcel durante un período de entre seis meses y un año, además de entre uno y cuatro años de retirada del carnet de conducir.

Finalmente, para prevenir este tipo de situaciones, es fundamental que tengamos claro que la única tasa segura de alcohol para conducir es cero, y para ello reseñamos como nos afecta el alcohol al volante, dependiendo de las cantidades ingeridas.

En primer lugar, con una tasa de 0,15 gramos por litro disminuyen nuestros reflejos y aumenta el riesgo de sufrir un accidente. Con una tasa superior a 0,20 gramos por litro empezamos a comer errores al apreciar las distancias. Con 0,30 gramos por litro estamos excitados a nivel emocional, menos agudos a nivel mental, nos relajamos y pensamos que estamos bien y seguros, pero además sufrimos un deterior ocular.

Con una tasa de 0,50 gramos por litro nuestros reflejos se vuelven más lentos, estamos eufóricos y nuestras condiciones psicomotrices empeoran.

Del mismo modo, con una tasa de 0,80 gramos por litro nuestros reflejos están muy trastornados y no podemos controlar bien nuestros movimientos.

Con 1,2 gramos por litro los movimientos se vuelven descoordinados y nos volvemos inconscientes. Finalmente, con una tasa de 1,5 gramos por litro estamos confundidos a nivel mental, a nivel psicomotriz, podemos llegar a ver doble y a titubear, siendo un riesgo para nosotros y para el resto de personas presentes en la carretera el ponernos al volante.