El TSXG respalda que la Diputación de Lugo entre en el accionariado de Tragsa

El PP anuncia que recurrirá la sentencia que anula una anterior del Contencioso Administrativo
Pleno de la Diputación de Lugo en el que se acordó la extinción de Suplusa. ARCHIVO
photo_camera Pleno de la Diputación de Lugo en el que se acordó la extinción de Suplusa. ARCHIVO

Una sentencia, dictada por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) el pasado 27 de octubre, respalda el acuerdo de la junta de gobierno de la Diputación de Lugo para entrar en el accionariado de Tragsa, mediante la adquisición de una acción de esta empresa pública estatal.

Esta decisión, sobre la que el Partido Popular ya anunció que presentará un recurso "en instancias superiores", anula una sentencia anterior del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Lugo, que entendía que, tal y como defienden los populares, esa decisión de compra correspondía exclusivamente al pleno de la corporación.

El conflicto se remonta a finales del año 2019 cuando a través de un acuerdo plenario se decidió la liquidación de la sociedad urbanística Suplusa, órgano propio de la Diputación Provincial. Con el fin de que los servicios que estaban encomendados a esta sociedad en cuanto a la gestión y mantenimiento de espacios verdes, se acordó la adquisición de una acción de la empresa pública estatal Tragsa para que pasase a ser considerada como medio propio y poder enconmendarle así esos mismos trabajos.

De este modo, precedido de varios informes, el presidente de la Diputación resolvió, el 13 de diciembre de 2019, adquirir una participación de la empresa estatal y, dos semanas después, fue la junta de gobierno provincial la que decidió encargar a Tragsa la prestación de estos servicios.

El PP decidió entonces recurrir a los tribunales, al entender que la encomienda de trabajos a Tragsa por un importe de más de seis millones de euros era una competencia del pleno provincial, ya que la cantidad sobrepasaba el límite de disposición competencia del presidente.

Con motivo de la sentencia del Contencioso Administrativo número 1 de Lugo, que daba razón a los populares, el gobierno provincial decidió recurrir al TSXG.

La sentencia argumenta que los 8.225 euros que costó la acción de Tragsa entra dentro del límite de disposición del presidente

Aunque este tribunal desestimó algunos de los argumentos presentados por la entidad provincial, el juez reparó en que la autorización del presidente para comprar una única acción de Tragsa ascendía a la cantidad de 8.225 euros, "que entraba dentro del límite de disposición que al presidente le reconoce el artículo 34.1.f." de la Lei Reguladora de las Bases del Régimen Local.

La TSXG estima así el recurso de apelación presentado por la Diputación y condena al PP a pagar las costas, hasta un máximo de 1.000 euros, que los populares recurrirán.

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