La Audiencia Nacional confirma el deslinde de A Fonsagrada y Grandas

Avala la línea que sitúa seis aerogeneradores del parque de O Acevo en terreno fonsagradino

La Audiencia Nacional ha confirmado, y por partida doble, el último deslinde establecido por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas entre los municipios de A Fonsagrada y Grandas de Salime.

La sección séptima de la sala de lo Contencioso-Administrativo tuvo que pronunciarse en dos ocasiones, ante sendos recursos presentados contra esta orden ministerial por el Ayuntamiento de Grandas de Salime y por el Principado de Asturias. Ambos han sido desestimados.

La sala entiende que la orden del ministerio ha sido emitida tras estudiar las consideraciones de todas las partes implicadas y da prioridad al informe del Instituto Geográfico Nacional por su carácter técnico para fijar el punto en cuestión que condiciona la división entre ambos municipios. Considera, en este sentido, que se ha apostado por la objetividad en el resultado y que la decisión se ajusta a derecho.

PARQUE EÓLICO. El litigio que mantienen los ayuntamientos de A Fonsagrada y Grandas de Salime por el deslinde entre sus territorios tiene como origen el parque eólico de O Acevo. Esta instalación fue autorizada por el Principado de Asturias, aunque el Concello de A Fonsagrada aseguró siempre que algunos aerogeneradores se encontraban en sus dominios y, por lo tanto, la empresa responsable debería tributar por la ocupación de ese terreno.

El punto conflictivo, denominado mojón número 6, se encuentra en el denominado Coto da Camba, pero este territorio ha sufrido diversas modificaciones a consecuencia de la construcción de un cortafuegos, una pista forestal y la instalación del parque eólico.

Para determinar su ubicación, el Concello de A Fonsagrada, la Diputación Provincial de Lugo y la Xunta de Galicia defendían los límites marcados en un acta de 19 de agosto de 1948, mientras que el Ayuntamiento de Grandas y el Principado de Asturias apostaban por un deslinde de 1945.

El Instituto Geográfico Nacional concretó finalmente la ubicación del mojón en un lugar que determina que seis de los 27 aerogeneradores del parque de O Acevo están en territorio fonsagradino. Esta resolución fue recurrida ante la Audiencia Nacional tanto por el Ayuntamiento de Grandas de Salime como por el Principado de Asturias, procedimientos ahora desestimados. Estas sentencias son susceptibles únicamente de recurso de casación.

Según estas sentencias, el parque eólico de O Acevo está entre dos comunidades y necesitaría una licencia estatal. Inicialmente, fue el Principado de Asturias quien autorizó su instalación en territorio de A Fonsagrada, donde no tiene competencia alguna.

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