Absueltos cuatro acusados de obligar a mujeres a prostituirse en Guntín

La Fiscalía solicitaba para los imputados, un hombre y tres mujeres, penas de hasta 12 años de prisión por trata de seres humanos, prostitución y contra los derechos de los trabajadores
Audiencia Provincial de Lugo. AEP
photo_camera Audiencia Provincial de Lugo. AEP

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Lugo absuelve a cuatro acusados, un hombre y tres mujeres, de obligar a mujeres a ejercer la prostitución en un club de Guntín.

La Fiscalía imputaba a los procesados delitos de prostitución, contra los derechos de los trabajadores y trata de seres humanos. La sentencia apela al principio de presunción de inocencia y recalca la "absoluta falta de garantía del testimonio" prestado por la única testigo de cargo. "Concluimos que no se ha acreditado ningún hecho susceptible de integrar los tipos penales objeto de la acusación", subraya el tribunal en el fallo judicial, en el que se apuntan "contradicciones" en los testimonios prestados.

En este sentido, se indica en la sentencia que para "no resultar desvirtuada la presunción de inocencia de los acusados, y en virtud del principio 'in dubio pro reo', se procede su libre absolución".

FISCALÍA. Los argumentos de la Fiscalía relataban que "durante, al menos el periodo comprendido entre junio de 2011 y abril de 2013, actuando con ánimo de enriquecimiento ilícito, los acusados se concertaron entre sí a fin de obtener un lucro económico notable mediante la explotación del ejercicio de la prostitución por parte de diversas mujeres de nacionalidad extranjera, a las cuales compelían a realizar dicha actividad prevaliéndose de la apurada situación económica, familiar y personal. 

La Fiscalía pedía para los acusados penas que oscilaban entre los doce y cinco años y medio de presión

El Ministerio Fiscal relata que "la actividad se desarrollaba en el establecimiento de alterne situado en Guntín, propiedad de dos de los acusados y que las otras dos acusadas tenían las funciones de encargadas. "Las mujeres que ejercían la prostitución en dicho local, además de carecer de permiso de trabajo en el país, contrato, alta en la seguridad social y otros elementales derechos laborales.

Precisa que "las condiciones higiénicas del local en el que se encontraban las mujeres eran paupérrimas. Asimismo, eran obligadas a prostituirse incluso durante los periodos de menstruación". La Fiscalía mantiene además que una de las testigos protegida, familiar de uno de los acusados, "fue constantemente presionada por todos los acusados e incluso golpeada"

Por estas razones, la Fiscalía pedía para los acusados penas que oscilaban entre los doce y cinco años y medio de presión, por delitos relativos a la prostitución, contra los derechos de los trabajadores y por trata de seres humanos.

HECHOS. No obstante, el fallo considera probado que en dicho local "se ejerció la prostitución desde 2011 a 2013" e incluso que dos de las acusadas y la testigo protegida también la ejercieron, pero no queda acreditado que sobre esta última "se hubiese ejercido la violencia, intimidación o engaño". Tampoco que estuvieran sometidas a condiciones deplorables o higiénicas paupérrimas.

"Resulta acreditado que la testigo ejercía la prostitución de manera libre y que su declaración no reúne los cánones para desvirtuar la presunción de inocencia", reza el fallo, que absuelve a los cuatro acusados al no "quedar acreditado ningún hecho susceptible de integrar los tipos penales expuestos".

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