Nueva condena a O Chucán: siete años de cárcel por intentar matar a un compañero de residencia

Los hechos tuvieron lugar en el centro Remar de Baralla en agosto de 2021, cuando José Carnero apuñaló a la víctima con un cuchillo de 21 centímetros

José Carnero, alias O Chucán, en la Audiencia Provincial de Lugo en 2012. PEPE ALVEZ (AEP)
photo_camera José Carnero, O Chucán, en la Audiencia Provincial de Lugo en 2012. PEPE ALVEZ (AEP)

José Carnero, alias O Chucán, ha sido condenado a otros siete años de cárcel como autor de un delito de intento de homicidio por intentar matar en 2021 con un cuchillo a su compañero de residencia en Baralla.

Este viernes, el TSXG ha difundido la sentencia de la sección segunda de la Audiencia Provincial de Lugo, que impone una nueva de prisión para O Chucán una década después de ser condenado por el crimen de Pilar Palacios, cometido en 2007 pero por el que no fue condenado hasta siete años después, cuando se repitió el juicio después de su confesión en una entrevista.

Los hechos por los que O Chucán regresó al banquillo de los acusados en un juicio celebrado a comienzos de febrero tuvieron lugar el 20 de agosto del año 2021 en la residencia Remar de Baralla, a la que llegó tras salir de la cárcel en 2019.

El tribunal considera probado que O Chucán tenía la intención de "ocasionar la muerte" a su compañero en el centro cuando lo atacó, "sin mediar palabra" y después de tener un intercambio de palabras con él, con un cuchillo de 21 centímetros que le clavó en el costado izquierdo y que, a continuación, trató de asestarle otra puñalada en el tórax.

En su sentencia, la audiencia recoge que el condenado, quien durante el juicio alegó haber actuado en defensa propia, "tiene una situación mental que conlleva una alteración de conducta, enfermedad de párkinson", además de un "trastorno de personalidad con un coeficiente intelectual bajo".

La audiencia desecha la versión ofrecida por el procesado al entender que no existen pruebas, más allá de su propio testimonio que contradice el de la víctima, de que fue agarrado por el cuello por el agredido. Para el tribunal, este argumento "no está apoyado ni en ningún sitio físico ni en la declaración de ninguna otra persona", por lo que dicha afirmación "se encuentra huérfana de prueba y no puede verse estimada".

En su resolución, estima el agravante de reincidencia al tratarse de un delito similar y no haber superado el período de cancelación de la pena impuesta por el crimen de 2007 y también un atenuante por su estado físico, ya que, aunque considera que sus capacidades "intelectivas y volitivas" no estaban alteradas, sí estaba afectado por el "cúmulo de patologías o disfunciones" que padece.

Con todo, el tribunal considera los hechos un delito de homicidio y no de asesinato como reclamaba la defensa. Los jueces argumentan que las circunstancias del momento del ataque, con los implicados frente a frente después de que la víctima se girase hacia O Chucán, la forma de proceder de éste "no fue prevista ni causada de propósito".

Por ello, considera a O Chucán culpable de un delito de intento de homicidio por el que impone una pena de siete años de cárcel, así como una orden de alejamiento de la víctima por un período de 15 años. Contra el fallo de la audiencia provincial cabe recurso de apelación.