El fiscal pide 28 años para O Chamaco por maltratar y asesinar a Ana Gómez

Solicita también que el acusado indemnice a los hijos de la fallecida con 81.000 euros, con 41.000 euros a su madre y con 16.000 euros a su hermana

O Chamaco, custodiado por la Guardia Civil. PEPE TEJERO
photo_camera O Chamaco, custodiado por la Guardia Civil. PEPE TEJERO

El ministerio fiscal ha solicitado la apertura de juicio oral contra José Manuel Carballo, conocido como O Chamaco –que en el momento de los hechos tenía 29 años-, y pide para él una pena de 28 años de cárcel por maltratar, amenazar y finalmente asesinar a su pareja, Ana Gómez, en febrero de 2016.

De acuerdo con la ley del Tribunal del Jurado, el ministerio público solicita la apertura de juicio oral en base a unas conclusiones provisionales en las que solicita 25 años de cárcel para O Chamaco por un delito de asesinato con alevosía, otro año de reclusión por malos tratos en el ámbito familiar y dos más por amenazas.

Además, el fiscal también pide libertad vigilada para el procesado –cuando cumpla la pena de cárcel- y que se establezca la prohibición de aproximarse o comunicarse por cualquier medio con los hijos, la madre y la hermana de la víctima por un tiempo de cinco años.

Solicita también que el acusado indemnice a los hijos de la fallecida con 81.000 euros, con 41.000 euros a su madre y con 16.000 euros a su hermana por los daños morales que les ha provocado. En cuanto a los hijos de la fallecida, pide además para ellos una indemnización de 20.000 euros para cada uno a causa de las secuelas que arrastran por “perjuicios psicológicos” y otros 5.630 euros para a uno de ellos por las lesiones que le provocó y las secuelas que le quedaron.

El acusado, que carecía de antecedentes penales, permanece en prisión desde el día 13 de febrero de 2016, fecha en la que compareció en el Juzgado de Becerreá después de haber sido arrestado por la Guardia Civil. En su escrito de acusación, el ministerio fiscal recuerda que José Manuel Carballo y Ana Gómez iniciaron una relación sentimental en octubre de 2014 y ambos se casaron en mayo de 2015, estableciendo su domicilio en Becerreá, donde también vivían los dos hijos menores de la víctima.

Las constantes “desavenencias conyugales” y las amenazas de muerte del acusado provocaron que Ana Gómez y sus dos hijos abandonasen provisionalmente el domicilio en el que residían el día 8 de febrero de 2016.

Los hechos se produjeron el 12 de febrero de 2016, sobre las seis de la tarde, cuando Ana Gómez, acompañada por sus dos hijos menores y su suegra, acudieron al domicilio en el que convivía la pareja, para hablar sobre “los problemas por los que atravesaba la pareja y la forma de afrontarlos”. Sin embargo, se encontraron con el acusado encerrado en una de las habitaciones, de donde se negaba a salir a pesar de las peticiones de su pareja y de su propia madre.

Entonces, Ana Gómez le dijo, según el escrito del fiscal, “ya está, esto no tiene arreglo, así que te pido el divorcio, están de testigos tu madre y mis hijos”. Acto seguido, cuando la víctima bajaba por las escaleras de la casa para ir a la cocina, José Manuel Carballo salió de la habitación con la escopeta cargada y le pegó un tiro por la espalda que la mató en el acto, además de herir en el muslo y en un dedo al hijo mayor de Ana Gómez.

Precisa además el fiscal que “la escopeta empleada por el acusado se encontraba en perfecto estado de uso y funcionamiento, es apta para disparar los cartuchos percutidos y fue utilizada por el acusado con la oportuna licencia al hallarse éste en posesión de licencia de armas como cazador”.

Los hechos fueron presenciados por los dos hijos menores de Ana Gómez, que tenía en el momento de su fallecimiento 40 años y era madre de dos chavales que contaban con 16 y 17 años de edad. Los hechos fueron presenciados por los dos menores que, como consecuencia de este suceso, “sufrieron un trastorno por estrés postraumático que requirió la intervención profesional durante seis meses, persistiendo en la actualidad una sintomatología compatible” con ese mismo trastorno.

Además, el ministerio público sostiene que “el acusado tenía sus facultades para comprender sus actos y la voluntad para decidirse a ejecutarlos intactas”.