La Ría de Ribadeo es también Ría del Eo

La Comisión Especializada de Nombres Geográficas conserva los dos nombres y alude a la excepcionalidad del caso y a la necesidad de "un consenso" para mantenerlos
Ría de Ribadeo desde uno de sus miradores. P.V.
photo_camera Ría de Ribadeo desde uno de sus miradores. P.V.

La Comisión Especializada de Nombres Geográficos emitió ya el informe sobre el nombre de la Ría de Ribadeo que se le había solicitado y su decisión no pudo ser más salomónica: Ría de Ribadeo será el topónimo predominante e "indicador geográfico prioritario" que se usará en la cartografía, aunque Ría del Eo será igualmente válido bajo la denominación de "nombre alternativo" pero que será "oficial, al mismo nivel que el nombre preferente". 

La Comisión adopta esta decisión tras realizar un estudio de la documentación aportada y curiosamente recoge un voto particular de Ayar Rodríguez de Castro como representante de una entidad referencial para este asunto: la Real Sociedad Geográfica. En él se indica textualmente que "no resulta geográficamente apropiado denominar a una ría con la referencia de un río que desemboque en ella. De hecho, en cualquier ría puede desembocar más de un río, lo cual sucede con frecuencia. Lo habitual en una abrumadora mayoría de los casos es que la ría se denomine con el nombre de un núcleo de población referencial asentado en sus márgenes. Bajo esta consideración Ría del Eo no es topónimo semántica ni geográficamente adecuado, de modo que atendiendo a la larga tradición histórica de un topónimo geográficamente pertinente como sería Ría de Ribadeo", este tendría que ser su único indicador geográfico.

"Ría de Ribadeo será el que se aplique en la cartografía oficial"

Pero la propia comisión apunta inmediatamente en el informe emitido que es necesario "atender a la complejidad del caso concreto" y también reconoce algo que hasta el momento no se había hecho público: "La necesidad de alcanzar una solución de consenso", esto es, tratar de contentar a los defensores de ambas propuestas, algo que nunca se había explicitado.

Como esto es totalmente imposible en este caso concreto, el informe reconoce la vigencia de ‘Ría de Ribadeo’ "pero entendemos también razonable la posibilidad de considerar Ría del Eo como ‘nombre variante’ con la voluntad de preservarlo por la propia consideración de la toponimia como patrimonio inmaterial y de cara a tener en cuenta diferentes sensibilidades en torno a este caso concreto", dando a entender por lo tanto que se trata de una determinación adoptada exclusivamente para este caso concreto y que no sirve para los nombres de otras rías.

Sí admite la Comisión Especializada de Nombres Geográficos que por los argumentos que pudo analizar se confirma que el topónimo Ría del Eo "ha adquirido un carácter tradicional y un uso mayoritario en la margen asturiana de la ría" aun admitiendo que "el tema de la tradición que un nombre de un lugar pueda tener no es una cuestión muy difícil de determinar" y añade que "sí podría resultar pertinente matizar que el topónimo Ría del Eo aparece registrado en determinadas fuentes históricas y que ha adquirido un grado de uso y difusión significativo en los últimos años que le pueden hacer merecedor de una consideración especial, pero no por su carácter tradicional".

Si las partes implicadas se pusieran de acuerdo, el beneficio superaría a la incorrección semántica"

Los integrantes de la comisión también parecen saber de antemano que su decisión no va a resultar cómoda de defender y anticipan en un punto específico de su informe, el tercero que "ninguna de las fórmulas planteadas satisface a los diferentes organismos e instituciones implicadas. Esta cuestión resulta relevante porque, en casos como estos, desde una institución eminentemente científica como la nuestra creemos que, cuando no es posible llegar a un consenso, la solución menos gravosa puede ser priorizar el criterio geográfico y científico. A este respecto, hay que hacer hincapié en el carácter conciliador de la Real Sociedad Geográfica. Si en este caso todas las partes implicadas estuvieran de acuerdo en que un topónimo semánticamente incorrecto (en referencia a Ría del Eo) figurase como indicador geográfico alternativo, entenderíamos que el beneficio del consenso superaría al perjuicio de una incorrección semántica".

De modo que la Comisión finalmente admite que Ría de Ribadeo "es el topónimo de mayor difusión y es innegable que ha de mantener su estatus oficial y de identificador geográfico de la ría, es decir, el nombre que debe utilizarse en la información geográfica oficial" a nivel cartográfico. Pero al topónimo Ría del Eo "se le debe reconocer un carácter oficial al nivel que le corresponde, es decir, oficial al mismo nivel que el nombre preferente".

Ahora están por ver las reacciones que provoca, aunque es una decisión definitiva.

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