Burela aprueba la ordenanza que regulará el uso del auditorio

La venta de entradas para actos del Concello será en plataformas digitales o en dependencias municipales y para actividades privadas las venderá el promotor

Auditorio de Burela. AMA
photo_camera Auditorio de Burela. AMA

La creciente demanda del uso del auditorio municipal de Burela para la organización de distinto tipo de eventos hizo necesaria la redacción de una ordenanza que regulará su funcionamiento, uso y organización. Dicho documento fue este jueves elevado a definitivo con su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), después de estar expuesto al público.

Uno de los puntos más polémicos sobre el uso del auditorio en los últimos meses era la venta de entradas anticipadas para los espectáculos. En la ordenanza se establece que "para garantir a trazabilidade dos cartos que se recauden da venda de entradas para espectáculos culturais ou de outra índole organizados polo Concello", la venta estará limitada a las plataformas digitales o a dependencias municipales.

La situación cambia si el promotor de la actividad es un particular, en este caso será él quien se encargue de establecer los criterios, "sen que o persoal municipal poda intervir". En el documento de cesión del auditorio para cualquier actividad se estipula, en el apartado de tasas, que la venta de entradas anticipadas podrá efectuarse tanto en plataformas online como en lugares físicos, como locales comerciales o establecimientos hosteleros, estén o no ubicados en el término municipal burelés, "sempre baixo a xestión e a responsabilidade íntegra da compañía".

El documento también establece la manera en la que se debe solicitar el uso del auditorio. Así, debe hacerse con un mes como mínimo de antelación a la celebración del acto y dirigiéndose a la casa de la cultura para acordar las condiciones. En el caso de cancelación deberá comunicarse con diez días de antelación, "fóra dos casos de forza maior". También se establecen los horarios disponibles para la cesión que serán de nueve de la mañana a dos de la tarde y de cuatro a medianoche.

Asimismo, la ordenanza establece la prohibición de diversos espectáculos. Por ejemplo no se podrán llevar a cabo actos que inciten a violencia, racismo, xenofobia, sexismo o cualquier otro tipo de discriminación. Tampoco aquellos que fomenten el desorden público, los que vulneren la normativa de protección animal o los que sean constitutivos de delito, entre otros.

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