José Manuel Leal: "Volver pasar por este novo xuízo foi algo moi duro, é inhumano"

El padre de la pequeña Desirée afirma que ya se "esperaba" la condena de prisión permanente revisable para Ana Sandamil ► La sentencia ve los informes forenses "más ajustados a la realidad" que los psiquiátricos ► La diferencia con el fallo anterior es la indemnización, que se duplica y sube a 250.000 euros
José Manuel Leal, a las puertas de la Audiencia. SEBAS SENANDE
photo_camera José Manuel Leal, a las puertas de la Audiencia. SEBAS SENANDE

"Non hai moitas palabras", dice el padre de la pequeña Desirée, José Manuel Leal, resignado a seguir en la lucha hasta que se agoten los recursos y haya "unha sentencia firme". Porque está convencido de que la defensa agotará los recursos, ya que "ese monstro non ten nada que perder".

Leal reconoce que la nueva condena a prisión permanente revisable "é algo que esperaba que fose así, que a sentenza fose acorde ao veredicto do xurado" y que para él es "un pasiño máis", en la búsqueda de justicia para su hija, aunque no el definitivo, pues en el horizonte ya ve el TSXG o incluso el Tribunal Supremo.

"Volver pasar por este novo xuízo foi algo moi duro, é inhumano ter que revivir todo", apunta, incidiendo en que "se xa estaba mal, esto acaboume de rematar", consciente de que nada de lo que se haga "me vai devolver á miña princesiña".

Nueva condena de prisión permanente revisable para Ana Sandamil

Un año y un nuevo juicio después, mismo veredicto y misma condena. La Audiencia Provincial de Lugo volvió a imponer a Ana Sandamil, de acuerdo con el veredicto del jurado, la pena de prisión permanente revisable por el asesinato de su hija Desirée Leal, de siete años de edad, el 3 de mayo de 2019 en la casa en la que convivían en Muimenta.

Ana Sandamil, durante el juicio. XESÚS PONTE
Ana Sandamil, durante el juicio. XESÚS PONTE

El pasado mes de noviembre, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) declaraba nulo el fallo por el que se condenaba a la acusada. No se ponía en duda la autoría, pero no se veía acreditado su grado de imputabilidad, un aspecto en el que hace hincapié la nueva sentencia. En esta se precisa que Ana Sandamil "dio muerte de manera querida y premeditada a su hija" y también que en ese momento "no tenía afectadas sus facultades mentales".

Así, se considera probado que la acusada "tenía algún tipo de trastorno, pero el mismo no afectaba a sus facultades mentales ni a sus capacidades cognitivas y volitivas", por lo que no le afectaba "ni para comprender la ilicitud del hecho, ni a su capacidad de autocontrol y para actuar conforme a dicha compresión".

De hecho, si en el primer veredicto se contemplaba la atenuante leve de alteración mental o psíquica, sin que afectase a sus facultades mentales de forma importante, en el actual se dice que "no es estimable ningún tipo de circunstancia atenuante", en respuesta a la petición de la defensa para reducir la pena un grado.

El jurado reconoce que "puede existir una base patológica de trastorno en el estado mental de la acusada" pero cree que esta no influyó en que "decidiera, conscientemente y con todos los preparativos, matar a su hija". Para fundamentar su postura se ampara en declaraciones de la familia de Sandamil, en su conducta tras lo ocurrido y en informes y testimonios de los facultativos clínicos y forenses, "más ajustados a la realidad de la situación en la que se encontraba en el momento de dar muerte a su hija".

Se apunta también que la psiquiatría clínica –en alusión a lo declarado por las psiquiatras del Hula y la prisión– "no tiene la finalidad de averiguar la verdad de lo sucedido en un determinado momento", sino "obtener un diagnóstico de la posible enfermedad".

Asesinato

El jurado, en un "bien fundado veredicto", según el magistrado, concluyó que Sandamil "planificó preparar la bebida para que bebiera la niña" e intentó forzarla a ingerirla, provocándole lesiones. Al no lograrlo, "para conseguir su designo homicida", la asfixió. También fue ella quien buscó "de manera persistente la existencia de un veneno, la estricnina".

Se detalla además que, como su madre –se contempla la agravante de parentesco–, era quien "debía protegerla de cualquier mal", de ahí que se considere un delito de asesinato y no un homicidio simple, decisión apoyada también por la disminución en la capacidad de reacción de la niña, por creerse segura, y su corta edad.

Más dinero

El fallo de la Audiencia también eleva, "con el pleno conocimiento de que no existe cantidad monetaria que pueda indemnizar el dolor sufrido", hasta los 250.000 euros –la sentencia anterior la fijaba en 120.000– la cantidad que Ana Sandamil deberá abonar en concepto de responsabilidad civil al padre de la víctima, José Manuel Leal.

La sentencia no es firme, por lo que las partes disponen ahora de un plazo de diez días para interponer un recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del TSXG. Previsiblemente, y tal y como hizo en 2022, lo que condujo a la repetición del juicio, la defensa de Ana Sandamil recurrirá el fallo.