La Audiencia de Lugo dicta la apertura de juicio oral contra la madre de Desirée

Los magistrados, informa un comunicado, han desestimado los recursos presentados por las partes, quienes solicitaban la práctica de nuevas diligencias antes de dar por concluida la investigación
José Manuel Leal, padre de Desirée, frente a los juzgados. C.A.
photo_camera José Manuel Leal, padre de Desirée, frente a los juzgados. C.A.

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Lugo ha avalado, tal y como decretó el Juzgado de Instrucción número 1 de Vilalba, el cierre de la investigación y la apertura de juicio oral contra la acusada de matar a su hija en Muimenta en mayo de 2019.

Los magistrados, informa un comunicado, han desestimado los recursos presentados por las partes, quienes solicitaban la práctica de nuevas diligencias antes de dar por concluida la investigación, y han confirmado el auto dictado por la jueza instructora.

El tribunal de la Audiencia Provincial estima que ninguna de las diligencias pretendidas puede ser considerada imprescindible de cara a la apertura del juicio oral, al tiempo que recuerda que ello “no significa que no puedan ser traídas a la causa aquellas que puedan tener relevancia”.

Así, los magistrados recuerdan que las partes podrán “reiterarlas en el trámite de cuestiones previas”.

Ver más: El padre de Desirée inicia una protesta a la puerta del juzgado de Vilalba

En los términos del artículo 25 de la Ley del Jurado, según destacan los jueces, “las partes podrán solicitar las diligencias de investigación que estimen oportunas”.

Ahora bien, según su artículo 27, el juzgado de instrucción, en el caso de que acuerde la continuación del procedimiento y entre a resolver sobre la pertinencia de las diligencias solicitadas por las partes, “solo ordenará practicar o practicará por sí únicamente las que considere imprescindibles para decidir sobre la procedencia de la apertura del juicio oral y que no pudiesen practicarse directamente en la audiencia preliminar prevista en la presente Ley”.

La jueza dictó la apertura de juicio oral sin la celebración de la audiencia preliminar al haber renunciado la defensa a ella, tal como se recoge en el artículo 30.2 de la Ley del Jurado.

La Audiencia, entrando en el fondo del recurso, entiende que algunas de las diligencias pedidas por las partes y denegadas por la instructora no son relevantes, entre las que enumera la reconstrucción de los hechos, “que no se muestra como imprescindible, ni siquiera plausible, en este momento procesal”.

Ver más: El padre de Desirée pedirá "prisión permanente" para la madre

También el oficio al Departamento de Biología del Servicio de Criminalística de la Guardia Civil para ampliación de su informe de 29 de julio de 2019, “que no resulta imprescindible, en términos de razonabilidad, y sin prejuzgar el fondo, para la acreditación del hecho”; y la petición de un nuevo informe al especialista en psiquiatría que en la actualidad esté asignado en el centro penitenciario de Teixeiro a la investigada, “a tenor de los informes de esta naturaleza que ya obran en la causa”.

Los magistrados recalcan que ninguna de las diligencias pretendidas puede ser considerada como imprescindible de cara a la apertura del juicio oral, pero consideran que sí pudiera ser relevante el traslado a las partes, no solo a las acusaciones recurrentes, del anexo digital acompañado al informe en el que se dice que se ha realizado extracción de la información contenida en teléfonos, tarjeta SIM y tablet.

Así como el traslado a las partes, no sólo a las acusaciones recurrentes, de las pruebas psicométricas realizadas a la sospechosa en el Hula y en el Imelga y de la grabación que pudiera haberse realizado, de cara a la posible realización de pericial de parte.

Comentarios