La sección segunda de la Audiencia Provincial de Lugo condenó a prisión permanente revisable a Ana Sandamil, la vecina de Muimenta que asesinó a su hija de siete años durante la madrugada del 3 de mayo de 2019. El tribunal dictó sentencia, la misma que en el primer juicio, después de que el jurado popular descartase que tuviese afectadas sus facultades mentales y concluyera que mató a la menor "de manera querida y premeditada". El jurado consideró probado que, "con la finalidad de acabar con la vida de su hija cuando estaba en la cama con ella, pues dormían juntas, le suministró un fármaco con efectos sedantes y, seguidamente, la asfixió con sus propias manos, aunque pudo haber empleado además alguno de los objetos que había en la habitación, como un cojín". La víctima, según recoge la sentencia, "careció de cualquier posibilidad de reaccionar o de defenderse” del ataque de su madre.
El jurado, pese a considerar que la acusada tenía "un trastorno de personalidad que le afectaba a su capacidad de relacionarse y expresarse", concluyó que, en el momento de los hechos, ese trastorno "no le impedía tener la plena capacidad para comprender y entender la ilicitud del acto enjuiciado". Además, consideró acreditado que, antes de los hechos, Ana Sandamil indagó en internet “sobre los medios con los cuales podía acabar con la vida de su hija” y era “conocedora de la intención del padre de modificar e incrementar legalmente el régimen de visitas, con el fin de que pudiesen pasar más tiempo juntos”.
El fallo señala igualmente que "la consideración de asesinato y no de homicidio simple se deriva de que, como bien indica el jurado, la madre era la garante de que a la niña no le ocurriera ningún mal y de que, al dormir ambas juntas, la niña se sintiera protegida de cualquier tipo de peligro que le pudiera ocurrir. Por ello", destacan los magistrados, "su capacidad de reacción se veía claramente disminuida”. La Audiencia Provincial recuerda además que la niña, Desirée Leal, se encontraba “en estado somnoliento” y subraya que el suministro del fármaco, aunque fuera en poca cantidad, “también hubo de disminuir su capacidad de respuesta o reacción”. Por último, apunta que “la propia edad de la niña, comparada con la de su madre, necesariamente hizo que su reacción fuera mínima y que su respuesta al ataque, claramente aleve por imprevisto y sorpresivo, fuera también mínima”. La sentencia no es firme, pues contra ella cabe presentar recurso de apelación ante el TSXG.